Publicada en elPeriódico Oficial “Gaceta delGobierno” el12de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. CAPÍTULO XII DE LAS ATRIBUCIONES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Artículo 18. La Unidad de Administración estará adscrita a la Oficina del Auditor Superior y, sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos de este Reglamento, su Titular tendrá las atribuciones siguientes: I.Coordinar la integración de las propuestas de modificación a la estructura interna del Órgano Superior, y las actualizaciones que correspondan a este Reglamento, y someterlas a consideración del Auditor Superior; II.Proponer al Auditor Superior la implementación de programas de desarrollo humano, formación, capacitación y especialización de los servidores públicos del Órgano Superior, que contribuyan a asegurar la competencia técnica yprofesional; III.Supervisar los cursos de inducción para los servidores públicos de nuevo ingreso del Órgano Superior; IV.Instruir la gestión del trámite administrativo para la publicación de la normatividad del Órgano Superior; V.Instruir la gestión, previa autorización del Auditor Superior, de los movimientos, designaciones y terminación de las relaciones laborales de los servidores públicos delÓrgano Superior, de acuerdo con lasdisposicionesjurídicasaplicables,yencoordinaciónconlaSecretaríadeAdministraciónyFinanzas delPoder Legislativo; VI.Instruir la gestión de las solicitudes e incidencias laborales de los servidores públicos del Órgano Superior, de acuerdo alas disposiciones jurídicas aplicables; VII.Instruir la participación en la instrumentación de las actas administrativas y/o circunstanciadas iniciadas a personas servidoras públicas del Órgano Superior; así como supervisar el registro y seguimiento de éstas; Fracción reformada POGG 14-10-2024 VIII.Derogada. Fracción derogada POGG 14-10-2024 IX.Requerir alostitulares delasáreas delÓrganoSuperior lainformaciónpresupuestalpara elaborar elAnteproyecto de Presupuesto Anual; X.Coadyuvar con la Unidad de Planeación y Seguimiento Institucional en la integración del Anteproyecto de Presupuesto Anual; XI.Coordinar la elaboración del Informe del Presupuesto Ejercido por el Órgano Superior y someterlo aconsideración delAuditor Superior; XII.Participar como área usuaria en los procedimientos de adquisiciones, adjudicaciones, arrendamientos yservicios que soliciten las unidades administrativas del Órgano Superior; XIII.Suscribir, en el ámbito de su competencia, en representación del Órgano Superior, con visto bueno de la unidad jurídica, los convenios, contratos, acuerdos y cualquier otro instrumento jurídico necesario, relacionados con la administración de recursos financieros, humanos, técnicos, materiales, bienes muebles einmuebles yservicios conforme alas disposiciones jurídicas aplicables; REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Publicada en elPeriódico Oficial “Gaceta delGobierno” el12de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. XIV.Instruir y coordinar la gestión de los recursos públicos que requiera el Órgano Superior para el ejercicio de sus funciones; XV.Instruir y gestionar las solicitudes de recursos materiales requeridas por las unidades administrativas delÓrgano Superior, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; XVI.Dirigir ysupervisar la organización, conservación yadministración homogénea de los archivos en posesión delÓrgano Superior, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; XVII.Coordinar y vigilar el cumplimiento de los programas de capacitación internos y, en su caso, externos; XVIII.Coordinar elprograma interno de protección civil; XIX.Dar seguimiento a las acciones tendentes al establecimiento del Servicio Civil de Carrera en el Órgano Superior; XX.Instruir la elaboración de las designaciones del personal de mandos medios a superiores de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, para firma delAuditor Superior; XXI.Derogada. Fracción derogada POGG 14-10-2024 XXII.Coordinar e instruir la administración del parque vehicular, en coadyuvancia con las unidades administrativas delÓrgano Superior; XXIII.Coordinarelprocedimientodeentrega-recepcióndelosservidorespúblicosdelÓrganoSuperior; XXIV.Colaborar con la actualización del inventario y la atención a las solicitudes de mantenimiento de bienes muebles einmuebles; Fracción reformada POGG 30-05-2022 XXV. Instruir, coordinar y autorizar el fondo revolvente asignado para cubrir los gastos derivados de las necesidades de atención inmediata y/o urgentes del Órgano Superior, y Fracción reformada POGG 14-10-2024 XXV Bis. Suscribir circulares en elámbito de sus atribuciones;y Fracción adicionada POGG 30-05-2022 XXVI. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, manuales, las disposiciones jurídicas aplicables ylas que le asigne elAuditor Superior. REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO