Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14de octubre de 2024. CAPÍTULO II DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS DIRECCIONES DE INVESTIGACIÓN Denominación delCapítulo reformada POGG14-10-2024 Artículo 43. Las Direcciones de Investigación “A” y “B”, estarán adscritas a la Unidad de Investigación y, sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos de este Reglamento, sus titulares tendrán las atribuciones siguientes: Párrafo reformado POGG14-10-2024 I.Dirigir el trámite de los pliegos de observaciones remitidas por la Unidad de Seguimiento; así como las denuncias y/o actuaciones de oficio y, en su caso, supervisar el inicio de la investigación por presuntas faltas administrativas derivadas de actos u omisiones cometidas por servidores públicos de las entidades fiscalizables o por particulares en términos de la normatividad aplicable; II.Coordinar la información de los expedientes recibidos, así como el estado que guardan e informar a su superior jerárquico; Fracción reformada POGG30-05-2022 III.Verificar, en su caso, la citación o requerimiento al denunciante para ampliar la información proporcionada y contar con mayores elementos de la denuncia por actos u omisiones presuntamente constitutivos de faltas administrativas; IV.Supervisar la elaboración de los requerimientos de información y soporte documental a las entidades fiscalizables yalas personas físicas ojurídico colectivas que sean materia de la investigación, así como a cualquier otra; V.Verificar las solicitudes de información a las autoridades competentes, incluyendo la relacionada con la materia fiscal, bursátil, fiduciaria, hacendaria o la relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración e inversión de recursos monetarios, entre otros, en términos de la legislación aplicable; VI.Proponer a su superior jerárquico las medidas de apremio que puedan emplearse en términos de la Ley General y la Ley de Responsabilidades para hacer cumplir sus determinaciones; VII.Intervenir como parte en los procedimientos de responsabilidad administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley General y la Ley de Responsabilidades; VIII.Coordinar las diligencias de investigación, las cuales deberán concluir de manera fundada y motivada con el acuerdo respectivo; IX.Verificar la elaboración del reporte relacionado con los expedientes recibidos, investigaciones iniciadas, denuncias y procedimientos de responsabilidad administrativa, así como el estado que guardan; X.Derogada. Fracción derogada POGG30-05-2022 XI.Dirigir el análisis de los expedientes y validar el proyecto de acuerdo de calificación de la presunta falta administrativa grave, y someterlo a consideración de su superior jerárquico; Fracción adicionada POGG14-10-2024 REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14de octubre de 2024. XII.Supervisar y validar la elaboración del proyecto del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y someterlo a consideración de su superior jerárquico para su presentación formal; Fracción adicionada POGG14-10-2024 XIII.Atender la prevención que, en su caso, emita la Autoridad substanciadora; Fracción adicionada POGG14-10-2024 XIV.Asistir al Titular de la Unidad de Investigación en el desahogo de la audiencia inicial del procedimiento de responsabilidad administrativa; Fracción adicionada POGG14-10-2024 XV.Supervisar los proyectos de confirmación o reclasificación de la descripción de la presunta falta grave que, en su caso, ordene el Tribunal; Fracción adicionada POGG14-10-2024 XVI.Auxiliar en la interposición o intervención, en su caso, de los medios de impugnación que como Autoridad investigadora le corresponda en términos de la Ley General, la Ley de Responsabilidades y demás disposiciones jurídicas aplicables; Fracción adicionada POGG14-10-2024 XVII.Coordinar la intervención en los juicios de amparo de los que forme parte la unidad administrativa; Fracción adicionada POGG 14-10-2024 XVIII.Coordinar la información de los procedimientos que culminaron con la resolución firme emitida por el órgano competente e informar a su superior jerárquico, y Fracción adicionada POGG14-10-2024 XIX.Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, manuales, las disposiciones jurídicas aplicables y las que le asigne su superior jerárquico. Fracción recorrida (antes XI.)POGG14-10-2024 REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO