Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. CAPÍTULO X DE LAS ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA Y SOPORTE TECNOLÓGICO Artículo 16. El Departamento de Infraestructura y Soporte Tecnológico estará adscrito a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación y, sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos de este Reglamento, el Titular tendrá las atribuciones siguientes: I.Administrar los recursos informáticos necesarios que garanticen el funcionamiento de la infraestructura tecnológica del Órgano Superior; Fracción reformada POGG 30-05-2022 II.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 III.Administrar el dominio web del Órgano Superior, y proveer el servicio de correo electrónico institucional; IV.Implementar controles de seguridad lógica, física y perimetral de las redes, acceso a Internet y sistemas institucionales de comunicación de datos; Fracción reformada POGG 30-05-2022 V.Implementar políticas, metodologías, estándares yla adopción de mejores prácticas para la ejecución de las actividades relacionadas con la mesa de ayuda, comunicaciones y seguridad de la información que apoyen al cumplimiento de las atribuciones conferidas al Órgano Superior; Fracción reformada POGG 30-05-2022 VI.Dar soporte y mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura tecnológica del Órgano Superior; VII.Garantizar la comunicación en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de los sistemas administrados por el Órgano Superior con la Plataforma Digital Estatal del Sistema Estatal Anticorrupción; Fracción reformada POGG 30-05-2022 VIII.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 IX.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 X.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 XI.Apoyar en materia de tecnologías de la información y comunicaciones a las Auditorías Especiales en los actos de fiscalización a las entidades fiscalizables; Fracción reformada POGG 30-05-2022 XII.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 XIII.Establecer y mantener actualizado el control interno de software institucional disponible en el Órgano Superior, de conformidad con las políticas, normas y demás disposiciones jurídicas aplicables; REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. Fracción reformada POGG 30-05-2022, 14-10-2024 XIV.Establecer y mantener actualizado el control de equipos y componentes de cómputo del Órgano Superior; XV.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 XVI.Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 XVII.Elaborar el informe técnico del equipo informático asignado a la persona servidora pública solicitado por la Unidad de Administración; Fracción reformada POGG 14-10-2024 XVII Bis. Atender de manera óptima las solicitudes de asistencia técnica en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, registradas en la mesa de ayuda; y Fracción adicionada POGG 30-05-2022 XVIII. Proporcionar al titular de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación la impresión documental de los movimientos en la infraestructura tecnológica administrada por el Departamento, a fin de certificarla; Fracción adicionada POGG 14-10-2024 XIX. Evaluar la viabilidad de los proyectos de infraestructura y soporte tecnológico solicitados por las unidades administrativas del Órgano Superior, a petición del Titular de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación, y Fracción adicionada POGG 14-10-2024 XX. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, manuales, las disposiciones jurídicas aplicables y las que le asigne su superior jerárquico. Fracción recorrida (antes XVIII.) POGG 14-10-2024 REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO