www.osfem.gob.mx Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2021 Tomo I Presentación General Libro único. Marco metodológico y referencial Presentación En cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México presenta el Informe de Resultados ante la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, mismo que tiene carácter público. El Informe de Resultados es el documento que contiene la revisión de las cuentas públicas de las Entidades Fiscalizables y los resultados de los informes de auditoría proyectados en el Programa Anual de Auditorías; así como las observaciones de probables irregularidades, daños y/o perjuicios a la hacienda pública estatal omunicipal en términos de los artículos 53 y 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. Este documento está integrado por 28 libros en los que se exponen los resultados de la revisión de las cuentas públicas de 485 Entidades Fiscalizadas y 98 auditorías; a los que se suma el libro denominado “Glosario de términos, siglas y acrónimos”. Para su organización, los libros se agruparon en tres tomos; en el primero se precisa el marco metodológico y referencial del Informe de Resultados, en donde se fundamenta y describen los actos de fiscalización realizados y en donde, además, se consignan las estadísticas. En el tomo II, conformado por cuatro libros, están vertidos los resultados de la fiscalización de las Entidades del ámbito estatal: poderes públicos, órganos autónomos y organismos auxiliares; cabe señalar que, como parte de la fiscalización al Poder Ejecutivo, se presentan en el libro 1 de este tomo 16 auditorías a sus dependencias y programas sociales. En el tomo III, a lo largo de veintitrés libros, se muestra la información relativa a las revisiones y/o auditorías de los 125 municipios del Estado de México, incluidos los sistemas municipales DIF, los organismos descentralizados operadores de agua, los Institutos municipales de cultura física y deporte, el Instituto Municipal de la Mujer de Toluca, el Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango y el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal para el Mantenimiento de Vialidades de Cuautitlán Izcalli. Es preciso enfatizar que el proceso de revisar y auditar la cuenta pública de cada una de las 547 Entidades Fiscalizadas y vigilar el destino de los recursos aprobados una vez que el gasto público ha sido ejecutado en cada Ejercicio Fiscal se da en consideración armónica con lo establecido por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Informe de Resultados Marco metodológico y referencial Marco jurídico 125 En ejercicio de las atribuciones constitucionales que tiene encomendadas el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México en los artículos 61 fracciones XXXII, XXXIII y XXXIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 35, 36 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, se realizó la revisión y fiscalización de las cuentas públicas del Ejercicio Fiscal 2021, acatando los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, constitucionalmente encomendados; por lo que, con fundamento en los artículos 8 fracción III, 13 fracción III, 50, 51 y 52 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, y bajo los principios de contabilidad gubernamental, este Órgano Técnico emite el Informe de Resultados 2021 con estricto apego a las normas. IMM MAVICI Municipios Sistemas Municipales DIF ODAS IMJUVE 427 Entidades Fiscalizables IMCUFIDE 56 47 operan 9 no operan 125 1 1 118 90 operan 28 no operan 1 Entidades Municipales Entidades Estatales 1 1 Con Decreto de Creación, no operando IFOPIM Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Organismos Auxiliares 120 Entidades Fiscalizables Órganos Autónomos 1 1 87 7 1 Operando sin Cuenta Pública COPRISEM 1 Secretaría Técnica de Gabinete 1 Coord. Gral. de Comunicación Social 16 Secretarías 1 Tribunal de Conciliación y Arbitraje 2 Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje 2 Fondos Entidades Consolidadas en Poder Ejecutivo 23 Entidades Estatales 7 Órganos Autónomos 3 Poderes 85 Organismos Auxiliares Entidades Municipales 125 Municipios 125 Sistemas DIF 47 ODAS 90 IMCUFIDE 1 MAVICI 1 IMM 1 IMJUVE 73,030,871.5 IMM MAVICI Municipios Sistemas Municipales DIF ODAS IMJUVE 90,535,602.9 Presupuesto Ejercido IMCUFIDE 13,154,051.8 3,878,797.5 350.7 22,120.4 420,040.6 29,370.4 Entidades Municipales Entidades Estatales 1,531,136.9 Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Organismos Auxiliares 316,174,451.2 Presupuesto Ejercido Órganos Autónomos 5,233,853.6 175,098,215.6 119,788,769.1 14,522,476.0 Cifras en miles de pesos. Cifras en miles de pesos. 54 44 95 390 583 Actos de Fiscalización Revisión de Cuenta Pública Auditorías Entidades Estatales Entidades Municipales Actos de fiscalización 13 Dependencias del Poder Ejecutivo 2 Programas Sociales 5 Órganos Autónomos 23 Organismos Auxiliares 1 Fideicomiso (Auditoría por Mandato) 44 Municipios 10 ODAS 3 Auditorías de Legalidad 2 Auditorías de Desempeño 1 Auditoría de Inversión Física 11 Auditorías de Cumplimiento Financiero 2 Auditorías de Cumplimiento Financiero y Desempeño 1 Auditoría de Cumplimiento Financiero e Inversión Física Auditorías 20 Auditoría de Cumplimiento Financiero 1 Auditoría por Mandato + 2 Auditorías de Legalidad 7 Auditorías de Desempeño 4 Auditorías de Inversión Física 6 Auditorías de Cumplimiento Financiero 2 Auditorías de Legalidad y Desempeño 2 Auditorías de Cumplimiento Financiero e Inversión Física Auditorías 23 3 Auditorías de Inversión Física 4 Auditorías de Cumplimiento Financiero 3 Auditorías de Cumplimiento Financiero e Inversión Física Auditorías 10 15 Auditorías de Legalidad 10 Auditorías de Desempeño 3 Auditorías de Inversión Física 3 Auditorías de Cumplimiento Financiero 13 Auditorías de Cumplimiento Financiero e Inversión Física Auditorías 44 ´ ´ Organismos Auxiliares 94.5% Municipios (incluye organismos descentralizados) 97.2% Órganos Autónomos 100.0% Planeación Programación y presupuestación Organismos Auxiliares 100.0% Órganos Autónomos 100.0 % Municipios (incluye organismos descentralizados) 91.2% Concepto El Informe de Resultados es el documento que contiene la revisión de las cuentas públicas de las Entidades Fiscalizables y los resultados de los informes de auditoría proyectados en el Programa Anual de Auditorías; así como las observaciones de probables irregularidades, daños y/o perjuicios a la hacienda pública estatal omunicipal, y/o al patrimonio de las entidades revisadas y auditadas; y, de ser el caso, las acciones,recomendaciones, pliegos de observaciones y promociones de presunta responsabilidad legal, en términos de los artículos 53 y 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. Ejercicio de los recursos públicos Organismos Auxiliares 69.4% Órganos Autónomos 57.1% Municipios (incluye organismos descentralizados) 51.4% Control y Evaluación Organismos Auxiliares 61.7% Órganos Autónomos 64.7% Municipios (incluye organismos descentralizados) 69.4% Poderes 15 700 Organismos Auxiliares Órganos Autónomos 56 Municipios (incluye organismos descentralizados) 2,745 Emisión del Informe de Auditoría y envío de expediente técnico a Unidad de Seguimiento Entrega de resultados finales Entrega de resultados preliminares Ejecución de procedimientos de auditoría Planeación Específica Integración del informe de auditoria Etapa de identificación del(los) tema(s) a auditar, el objetivo, el alcance, la evaluación de riesgos, la materialidad, el estable-cimiento de la estrategia y el plan de auditoría. Etapa de realización de los trabajos de auditoría de gabinete y/o campo, para la obtención de evidencia que sustenten los resultados preliminares. Etapa de notificación a la Entidad Fiscalizada de los resultados preliminares, para el análisis de las justificaciones y aclaraciones para determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados preliminares, y en su caso, acordar los términos de las recomendaciones y los mecanismos de atención. Etapa de cierre de la auditoría con la entrega de los resultados finales confirmados y acordados con la Entidad Fiscalizable, además del establecimiento de la temporalidad para la atención de las recomen-daciones. Etapa de integración del expediente y elaboración del informe de auditoría para su envío a la Unidad de Seguimiento. Informe de auditoría Producto Recibe 1.Expediente técnico de Auditoría 2.Informe de Auditoría Desahoga 30 días hábiles para que la Entidad fiscalizada solvente o aclare el contenido de las observaciones. Pliegos de Observaciones formulados en Etapa de Aclaración, 30 días hábiles para dar respuesta. Analiza La documentación pre-sentada por la entidad fiscalizada para solventar o aclarar el contenido de las observaciones. Radica Notifica el contenido de las observaciones a la Entidad •Solicitudes de aclaración •Pliegos de observaciones •Recomendaciones •Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria Acciones aclaradas o solventadas Recomendaciones implementadas Dictamen de Solventación Pliegos de observaciones Autoridad Investigadora Concluye 1.Auditorías 2.Denuncias 3.Oficio Para obtener elementos suficientes para demostrar la existencia de la conducta y acreditar la presunta responsabilidad administrativa grave Sí No Coordinar las acciones para la defensa de los intereses legítimos y jurídicos del OSFEM Intervenir en los Juicios de Amparo en que sea parte el OSFEM Substanciar el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa Instaurar, substanciar y presentar a la Auditora Superior los proyectos de resolución del Procedimiento Administrativo Resarcitorio Presentar denuncias o querellas penales Ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y demás autoridades competentes Dar respuesta a las consultas y solicitudes Realizadas por: • Entidades Fiscalizables • Autoridades • Particulares Elaborar los medios de apremio que procedan a los servidores públicos de las entidades fiscalizables Elaborar requerimientos para el cumplimiento de obligaciones periódicas de las entidades fiscalizables Tramitar el recurso de Revisión •En contra de la imposición de medios de apremio •En contra de las respuestas emitidas a los requerimientos realizados por servidores públicos y/o particulares Validar jurídicamente proyectos de ley, reglamentos, acuerdos, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que requiera el OSFEM Notificar los documentos que emita el OSFEM El ordenamiento en cita señala en el artículo 2 fracción XII que el Informe de Resultados “es el documento que contiene el resultado de la fiscalización de las cuentas públicas, que el Órgano Superior, por conducto de la Comisión, presenta a la Legislatura”. Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2021 Importe observado 103,637,064.2 98 Auditorías Resultados obtenidos SA PO PRAS REC 45 2,001 1 654 Cifras en miles de pesos. 13 Dependencias del Poder Ejecutivo Importe observado 62,427,482.3 SA PO PRAS REC 10 163 0 23 5 Órganos Autónomos Importe observado 7,090,793.8 SA PO PRAS REC 5 81 0 17 2 Programas Sociales Importe observado 1,092,526.4 SA PO PRAS REC 0 30 0 35 24 Organismos Auxiliares Importe observado 11,908,881.0 SA PO PRAS REC 20 342 1 168 SA= Solicitudes de aclaración PRAS= Promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria PO= Pliegos de observaciones REC= Recomendaciones 485 Cuentas Públicas revisadas Resultados obtenidos Entidades Estatales Observaciones Monto observado 771 43,938,694.5 Entidades Municipales Observaciones Monto observado 2,745 20,815,722.0 Monto observado 64,754,416.5 Observaciones 3,516 44 Municipios Importe observado 19,642,110.0 SA PO PRAS REC 8 1,110 0 411 10 ODAS Importe observado 1,475,270.7 SA PO PRAS REC 2 275 0 0 Entrega y publicación El titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a más tardar el 15 de noviembre del año en que se presenten las cuentas públicas, entregará el Informe de Resultados 2021 a la Legislatura Local, a través de la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, quien elaborará el dictamen y lo presentará al Pleno de la Legislatura para su votación y emisión del decreto que tenga por fiscalizadas y calificadas las cuentas públicas del Estado y Municipios a más tardar el 30 de noviembre del año en que se presenta dicho informe. Recibido el informe por la Comisión de Vigilancia, en respeto de los derechos humanos de los ciudadanos y el cumplimiento de la ley, se da cuenta del encargo recibido al hacer público el informe, los resultados del ejercicio de los recursos públicos y la fiscalización de la cuenta pública 2021, y se propicia la rendición de cuentas al darlo a conocer también en medios electrónicos. Integración Al ser el Informe de Resultados un documento que surge del proceso de revisar y auditar la cuenta pública de cada una de las entidades fiscalizables y, de esa forma, vigilar el destino de los recursos aprobados una vez que el gasto público ha sido ejecutado en cada ejercicio fiscal; resulta imperante determinar cuántas y cuáles son las entidades fiscalizables, cuántas son las cuentas públicas que se revisan, de cuánto fue el presupuesto aprobado y cómo quedó distribuido en el Ejercicio Fiscal 2021 en el Estado de México. Resultado del análisis de lo dispuesto en el artículo 61 fracción XXXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que refiere que es facultad de la legislatura: “Recibir, revisar, fiscalizar y calificar las cuentas públicas del Estado y de los Municipios, del año anterior, mismas que incluirán, en su caso, la información correspondiente a los Poderes Públicos, organismos autónomos, organismos auxiliares, fideicomisos públicos o privados y demás entes públicos que manejen recursos del Estado y Municipios. Para tal efecto, contará con un Órgano Superior de Fiscalización, dotado de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la legislación aplicable”; se determina que es Entidad Fiscalizable todo ente público que maneje recursos del Estado y Municipios. Consideración que es armónica con lo establecido por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, al definir a los entes públicos. Así, la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en el artículo 4 refiere que “son sujetos de fiscalización: I. Los Poderes Públicos del Estado; II. Los municipios del Estado de México; III. Los organismos autónomos; IV. Los organismos auxiliares; V. Los fideicomisos previstos en el artículo 3 fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y aquellos que manejen recursos del Estado, Municipios, o en su caso provenientes de la federación”. Con este criterio descrito y con la revisión de la naturaleza jurídica en ley o decreto de creación de los entes públicos, así como con el análisis del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2021, que señala a ejecutores del gasto, es que se determinaron 547 Entidades Fiscalizables para el Ejercicio Fiscal 2021. Familia con dos niños Agua Fútbol Camión volquete Perfil de mujer Baile Cancha De estas 547 Entidades Fiscalizables, se recibieron 485 cuentas públicas, debido a que el Poder Ejecutivo entrega una cuenta consolidada que comprende la información de 23 dependencias consideradas Entidades Fiscalizables. La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM) tiene decreto de creación como organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, realiza funciones como tal, pero ejerce recursos como unidad administrativa del Instituto de Salud del Estado de México (ISEM) motivo por el que ha sido omisa en entregar cuenta pública desde el año 2015. El Instituto de Formación Continua, Profesionalización e Investigación del Magisterio del Estado (IFOPIM) cuenta con decreto de creación y asignación presupuestaria, sin embargo, no opera, por lo que no entregó cuenta pública. Por último, 9 organismos de agua municipales (ODAS) y 28 de deporte municipal (IMCUFIDE) no operan a pesar de contar con decreto de creación. Cabe decir que el Órgano Fiscalizador recibió a través de la Legislatura local la cuenta pública de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de los Órganos Autónomos, y de manera directa la de los Municipios y sus órganos descentralizados. En ese sentido, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; la Ley de Coordinación Fiscal; la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; el Código Financiero del Estado de México y Municipios, y el Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México 2021, entre otras disposiciones, establecen el marco jurídico para la integración de la Cuenta Pública 2021 tanto del Estado, como de los Municipios. Anualmente los entes públicos, de manera consolidada o individual, deben entregar a la Legislatura del Estado de México los resultados y la situación financiera del Ejercicio Fiscal inmediato anterior. La cuenta pública es la compilación de información anualizada (del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año) de carácter contable, económica, patrimonial, presupuestal, programática, cualitativa y cuantitativa que muestra los resultados de la ejecución de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos; así como un análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual: a) ingresos presupuestarios; b) gastos presupuestarios; c) postura fiscal; y d) deuda pública; que permite tanto a los entes públicos responsables de la operación, como a los entes fiscalizadores, académicos y ciudadanos en general contar con información de la evolución de los recursos públicos, fortaleciendo la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública. Al ser un documento tan importante, es imprescindible que sea resultado de los trabajos coordinados entre los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, los órganos autónomos y los municipios, pues muestra los resultados de la ejecución de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, de cada Ejercicio Fiscal. Esa circunstancia requiere que las cuentas públicas sean presentadas de manera congruente, que contenga el mismo nivel de desglose y mantengan la debida correlación, sin perder de vista la naturaleza jurídica de cada ente público. Por ello, el Órgano Superior de Fiscalización, para el rubro municipal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo, 116 fracción II sexto párrafo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, 61 fracciones XXXII, XXXIII, XXXIV y XXXV y 129 penúltimo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 94 fracción I y 95 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2 fracción VIII, 3, 4 fracciones II, IV, V y VI, 6, 8, 13 fracciones II y XXV, 32, 35, 46 y 48 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; 90 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 352 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 1, 2, 7 fracción III y 8 del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México; anualmente emite los “Lineamientos para la integración y entrega de la cuenta pública de las Entidades Fiscalizables Municipales”, y para el ejercicio presupuestal 2021, fueron publicados el 1º de marzo del año 2022. Presentadas que fueron las Cuentas Públicas Municipales de manera directa ante el Órgano Superior de Fiscalización, se revisó que cumplieran con lo dispuesto en los lineamientos de referencia, lo cual permitió obtener, en un primer momento, el nivel de cumplimiento normativo siguiente: 91.3 88.8 89.0 86.3 80.2 100.0 97.5 Municipio DIF ODAS IMCUFIDE MAVICI IMJUVE IMM Porcentaje de cumplimiento normativo (Por tipo de Entidad) Esto permitió observar a las Entidades Municipales, sus omisiones en la cuenta pública presentada y requerirles la información faltante. Con relación a los recursos públicos, el gasto total previsto en el presupuesto de egresos para el Ejercicio Fiscal 2021 ascendió a la cantidad de 303,120,223.8 y correspondió al total de los ingresos aprobados por la Ley de Ingresos del Estado de México; mientras que el presupuesto total ejercido correspondió a lo que a continuación se muestra: Familia con dos niños Agua Fútbol Camión volquete Baile Cancha Transferencias a entes públicos (Miles de pesos) Clasificación administrativa del gasto (Miles de pesos) Con los anteriores elementos, el Órgano Superior, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, para rendir este Informe de Resultados ejecutó los actos de fiscalización proyectados en el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2021, que fue publicado el 15 de marzo del año 2022; y atendió los artículos cuarto y sexto del acuerdo emitido por la LXI Legislatura del Estado de México, de fecha 25 de marzo del presente año, mediante el cual se exhortó al Órgano Superior de Fiscalización a llevar a cabo la fiscalización o auditoría al Fideicomiso Público para el Pago de Servicios Ambientales Hidrológicos del Estado de México. Bajo esta directriz, se ejecutaron 583 actos de fiscalización: 98 fueron auditorías, de las que 97 tuvieron origen en el Programa Anual de Auditorías y una fue por mandato de la LXI Legislatura del Estado de México, y se revisaron 485 Cuentas Públicas. Crecimiento empresarial Auditorías a Entidades Estatales Poderes y Órganos Autónomos 17 5 3 2 2 9 5 AuditoríadeCumplimientoFinanciero AuditoríadeInversiónFísica AuditoríadeCumplimientoFinancieroeInversiónFísica AuditoríadeCumplimientoFinancieroyDesempeño AuditoríadeLegalidad yDesempeño AuditoríadeDesempeño AuditoríadeLegalidad Auditorías 43 Auditoría de CumplimientoFinanciero Auditoría de Inversión Física Auditoría de CumplimientoFinanciero e InversiónFísica Auditoría de CumplimientoFinanciero y Desempeño Auditoría de Legalidad yDesempeño Auditoría de Desempeño Auditoría de Legalidad Libro abierto Obreros de la construcción Cono de tráfico Crecimiento empresarial Organismos Auxiliares Libro abierto Obreros de la construcción Cono de tráfico Crecimiento empresarial Auditorías a Entidades Municipales 7 6 16 10 15 AuditoríadeCumplimientoFinanciero AuditoríadeInversiónFísica AuditoríadeCumplimientoFinancieroeInversiónFísica AuditoríadeDesempeño AuditoríadeLegalidad Auditorías 54 Auditoría de CumplimientoFinanciero Auditoría de Inversión Física Auditoría de CumplimientoFinanciero e Inversión Física Auditoría de Desempeño Auditoría de Legalidad Municipios Libro abierto Obreros de la construcción Cono de tráfico Crecimiento empresarial ODAS Obreros de la construcción Crecimiento empresarial Contenido del Informe de Resultados Para atender lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, que establece que el Informe de Resultados debe contener como mínimo lo siguiente: I.El resultado de la revisión de la respectiva cuenta pública; II.El apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas,respecto de la consecución de sus objetivos y metas, así como de la satisfacción de lasnecesidades correspondientes; III.Los resultados de la gestión financiera; IV.La comprobación de que las entidades fiscalizadas, se ajustaron a lo dispuesto en las respectivasleyes de ingresos, presupuestos de egresos y en las demás normas aplicables en la materia; V.En su caso, el análisis de las desviaciones presupuestales; VI.Los comentarios de los auditados; VII.Las irregularidades que se detecten en el uso y manejo de los recursos; y VIII.Las observaciones y recomendaciones que se deriven de la revisión. Se ejecutaron tanto las revisiones a la cuenta pública como las auditorías tomando en consideración los principios de contabilidad gubernamental. Revisión de la Cuenta Pública Es la actividad que la Auditoría Especial de Revisión de Información de las Entidades Fiscalizables del Órgano Superior realizó para analizar las cuentas públicas presentadas, y se utilizó como método el ciclo hacendario, pues este proceso es el que está orientado al logro sistemático de objetivos y resultados específicos medibles y tangibles. Es un modelo basado en resultados que tiene un enfoque que se concentra en la definición clara de los objetivos y resultados a lograr, así como en la evaluación de qué se hace, qué se logra y cuál es su impacto en el bienestar de la población. Este método parte del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que determina que la planeación democrática es el punto de partida para el ejercicio del gasto público. Así, al considerar que la responsabilidad del desarrollo económico de México y de nuestra Entidad es una función que preponderantemente descansa en la Cámara de Diputados —pues la revisión y aprobación de la planeación, presupuestación de ingresos, egresos, control y evaluación de la ejecución de los recursos descansa en la Legislatura—, se determinó este método de análisis. Para las revisiones de las 485 cuentas públicas existentes en el Ejercicio Fiscal 2021, se tomó como método de análisis el ciclo hacendario. El ciclo hacendario fue aplicado a través de 56 procedimientos de revisión distribuidos en las cuatro etapas y ejecutados a las Entidades Fiscalizables, según su naturaleza jurídica, tal como lo ilustra el cuadro de cada etapa, que más adelante se refiere. Es importante precisar que a las etapas del ciclo hacendario se agregó como parte inicial del procedimiento una de “Generales”, así denominada con el fin de identificar la naturaleza jurídica del ente; además de una etapa final identificada como “Observaciones de la Revisión”, que concentra el total de observaciones de cada Entidad. Cada uno de estos procedimientos cuenta con su objetivo de ejecución, refleja los elementos revisados con su correspondiente resultado, que muestra el cumplimiento por Entidad Fiscalizable y contiene el apartado de observaciones en cada una. Para el análisis del Poder Ejecutivo, Sector Central, se aplicaron los procedimientos del ciclo hacendario, tal como se realizaron a los demás organismos; pero dada su naturaleza de cuenta pública consolidada, de forma específica, se analizaron los egresos en los formatos presupuestales de egresos en sus diferentes etapas contables. En el Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, en el rubro Clasificación por objeto del gasto, se muestran los datos de ampliaciones y reducciones, para analizar los movimientos realizados a cada clasificación presupuestaria por capítulo del gasto; mientras que en el rubro Clasificación funcional (finalidad y función) se muestra la columna del presupuesto devengado, para poder mostrar el avance de egresos por clasificación funcional. En el Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos detallado, Clasificación administrativa, se estableció el procedimiento y análisis para poder determinar las asignaciones presupuestales a cada una de las secretarías, coordinaciones y organismos del Poder Ejecutivo y poder visualizar las diferencias que existen entre la Cuenta Pública 2021, el Presupuesto de Egresos 2021, así como del Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos detallado, Clasificación administrativa, contenido en el apartado 10 “Formatos para el cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios” del Poder Ejecutivo en su Cuenta Pública 2021. Asimismo, en el Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos detallado, Clasificación económica, se estableció el procedimiento, análisis y las diferencias que existen entre la Cuenta Pública 2021, el Presupuesto de Egresos 2021, así como del Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos detallado-Ley de Disciplina Financiera/Clasificación por objeto del gasto (Capítulo y Concepto), con lo cual se determinó que existen diferencias en la información publicada. Se revisó el cumplimiento de los artículos 6, 10, 12, 13 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; se examinaron las cifras presentadas en el analítico del ejercicio del presupuesto de egresos detallado, así como el balance presupuestario y el balance presupuestario de recursos disponibles del 1o de enero al 31 de diciembre de 2021, a fin de analizar las diferentes etapas del gasto. Cabe resaltar que, del análisis referido, específicamente a la Deuda Pública del Ejecutivo del Estado existe una variación entre lo contenido en la Cuenta Pública y lo publicado en el Sistema de Alertas por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por 3,948,198.4 miles de pesos. Por lo que respecta a las demás Entidades Fiscalizables, les fueron aplicadas las seis etapas que conforman el ciclo hacendario, y los procedimientos se asignaron según la naturaleza de la Entidad Fiscalizable; de tal forma que el catálogo de procedimientos de la Revisión de la Cuenta Pública 2021 antes referido muestra con claridad cómo fueron desarrollados. Con las anteriores precisiones, se especifica a continuación cada una de las seis etapas que contiene el método empleado, en las que están comprendidas las del ciclo hacendario. Etapa de Generales Procedimiento Elementos revisados Tipo de Entidad Aspectos Generales Naturaleza jurídica y objeto Domicilio Estructura de gobierno y organigrama Derecho humano garantizado Estatal y Municipal Generales Financieros Estado de situación financiera Estado de actividades Estatal y Municipal Generales Presupuestales Ingresos Egresos Estatal y Municipal En los Aspectos Generales se especificó la naturaleza jurídica, domicilio de las oficinas centrales, estructura de gobierno, organigrama, cobertura y derecho humano que garantiza cada Entidad Fiscalizable. En los Generales Financieros se muestran los estados de situación financiera, activos, pasivos; así como el Estado de Actividades, tales como ingresos y otros beneficios y los gastos y otras pérdidas. Y, por último, en los Generales Presupuestales se muestran los ingresos y los egresos que obtuvo la Entidad en el ejercicio revisado; en ambos casos, desglosados en los diferentes momentos contables. Objetivos y elementos revisados en los procedimientos aplicados (Por tipo de Entidad) Planeación En esta etapa se desarrollaron tres procedimientos que sirvieron para analizar si las Entidades Fiscalizables establecieron sus objetivos, estrategias, prioridades y acciones alineados al Plan Nacional y al Plan Estatal de Desarrollo; por lo que se tomó como marco de referencia el Plan de Desarrollo del Estado de México (PDEM) 2017-2023, en los pilares y ejes que éste determina. Pilares y ejes transversales del PDEM 2017-2023 Con esta referencia, se analizó la etapa de planeación presentada por cada Entidad Fiscalizable a fin de identificar que su misión, meta, objetivos y estrategias fueran congruentes con su naturaleza jurídica y objeto por el que fue creada; y, de esa forma, dar respuesta a las interrogantes planteadas en la etapa referida, y así poder establecer un resultado que, en el supuesto de ser violatorio de alguna Ley, da cabida a que sea registrado en la parte final como “Observaciones de la Revisión”. Los resultados obtenidos para el total de las Entidades en esta etapa son: Programación y presupuestación La etapa de programación y presupuestación se desarrolló a través de los 9 procedimientos que muestra la tabla que antecede; en este apartado, se analizó la estructura programática y la asignación del presupuesto para cada uno de los programas y proyectos planeados, y se verificó que contribuyeran al cumplimiento de los objetivos de la Entidad, así como la existencia de equilibrio presupuestario entre el ingreso estimado y el egreso aprobado reportado. Los resultados generales obtenidos en esta etapa por el total de las Entidades Fiscalizables se muestran en el gráfico siguiente: Ejercicio de los recursos públicos En la etapa del ejercicio de los recursos públicos se revisa que, una vez que los recursos han sido aprobados, corresponde a las dependencias y Entidades Fiscalizables la ejecución de los ingresos, el ejercicio de los egresos y la ejecución de las operaciones relacionadas con la captación del financiamiento y el servicio de la deuda que durante el año fiscal realizan las instituciones públicas. Se desarrolló a través de 14 procedimientos que dan cuenta de que las transferencias publicadas por el Poder Ejecutivo en su cuenta pública coincidan con los ingresos recaudados por subsidio reportados por la Entidad Fiscalizada; que los programas ejercidos hayan contado con suficiencia presupuestaria, y que el pago de remuneraciones al personal en las quincenas 2 y 20 del Ejercicio Fiscal coincida con el reflejado en sus dispersiones bancarias y/o cheques. Los resultados obtenidos en esta etapa, de manera general, por todas las Entidades Fiscalizables, son los siguientes: Control y evaluación La etapa de control y evaluación se desarrolló a través de 30 procedimientos, en los cuales se pretende verificar, en el rubro de control, que la Entidad Fiscalizada ejerza el gasto de manera legal y no arbitraria; es decir, que en todo momento observe la norma, que cumpla con las atribuciones que le correspondan y minimice el gasto; es por ello que las entidades ejecutoras están obligadas a presentar información sobre el ejercicio de los recursos recibidos de manera periódica. La evaluación mide y califica los resultados en términos de la eficacia, eficiencia, economía, calidad de las políticas, resultados, impacto y sostenibilidad de los programas; identifica y aplica las medidas conducentes, y utiliza sus resultados en la toma de decisiones presupuestarias. Se conceptualiza como el análisis sistemático y objetivo de los programas, que tienen la finalidad de determinar la pertinencia y el logro de sus objetivos y metas. En este apartado y como consecuencia de la ejecución de esta etapa, devienen las fases del ciclo hacendario denominado de transparencia y rendición de cuentas, que algunos doctrinarios las consideran como etapas del ciclo y hay quienes, como la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, las comprenden como fases dentro de la evaluación. En el caso del Informe de Resultados que se presenta, se desarrollaron procedimientos relativos a dar cuenta de los resultados del ejercicio de los recursos públicos y de los resultados obtenidos. Los resultados obtenidos en esta etapa, de manera general, por el total de las Entidades Fiscalizables, son los siguientes: La etapa de Revisión de las Observaciones contiene las conclusiones de la Revisión de la Cuenta Pública; en ella que se registraron por cada Entidad Fiscalizable la descripción de las irregularidades de cada etapa. Derivado de esta etapa y de la revisión en general, se obtuvieron los resultados que se muestra en el grafico siguiente: Las observaciones se informan al titular del órgano de control interno de cada ente revisado, a fin de que inicie los procedimientos administrativos correspondientes, que le permitan, si es el caso, determinar la comisión de una falta administrativa. Al interior del Órgano de Fiscalización, con la ejecución de esta etapa, termina la función de la Auditoría Especial de Revisión de Información de las Entidades Fiscalizables, ya que esta área envía a la Unidad de Seguimiento, el total de observaciones por Entidad Fiscalizable, para que sea Ésta quien mantenga la vigilancia debida con los titulares de los órganos internos de control de cada ente observado. Las auditorías Otra parte integrante de este Informe son los resultados obtenidos de la ejecución de las auditorías, por lo que resulta importante conceptualizar el término y explicar brevemente su objeto y los tipos. Una auditoría es un proceso sistemático que permite, mediante la recolección de evidencias, determinar la confiabilidad y calidad de la ejecución de las actividades realizadas, en congruencia con los criterios de auditoría, requisitos, políticas y procedimientos establecidos en la organización, para la toma de decisiones. De acuerdo a las necesidades, se especializa con el fin de brindar una mayor seguridad en sus resultados, clasificándose por la procedencia del auditor en auditoría interna o externa, y por su área de aplicación, en auditoría de cumplimiento financiero, operacional, administrativa, legalidad, desempeño e inversión física, entre otras más. En el Órgano Superior de Fiscalización se ejecutaron para el Ejercicio Fiscal 2021 un total de 98 auditorías, de las cuales 25 fueron de cumplimiento financiero, 11 de inversión física, 19 de desempeño, 20 de legalidad, 2 de cumplimiento financiero y desempeño, 19 de cumplimiento financiero e inversión física, y 2 de legalidad y desempeño. Las auditorías se desarrollaron bajo las directrices técnico-metodológicas de los criterios establecidos en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, de primer, segundo y tercer nivel, mismas que a continuación se citan: No. 1; No. 10; No. 12; No. 20; No. 30; No. 40; No. 100 y de manera específica para desempeño la No. 300 y, en materia de legalidad, la No. 400. Adicionalmente, se consideraron los manuales de implementación de las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores para las Auditorías de Desempeño y Cumplimiento (Legalidad), publicadas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), en su Versión 1, julio de 2021 y Versión 1, enero de 2022, respectivamente. El proceso único para las auditorías es el que se presenta y explica a continuación: Bajo esta estructura metodológica, las auditorías de cumplimiento financiero e inversión física fueron ejecutadas por la Auditoría Especial de Cumplimiento Financiero e Inversión Física de este Ente Fiscalizador. Las auditorías que al área compete ejecutar fueron las establecidas en el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2021, que han quedado precisadas e ilustradas en el cuerpo de este documento. Se conceptualiza a la auditoría financiera como evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con garantías razonables de que la situación financiera presentada por un ente, así como los resultados y la utilización de los recursos se presentan fielmente de acuerdo con el marco de información financiera. La auditoría de cumplimiento busca determinar en qué medida el ente auditado ha observado las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización. La auditoría de inversión física fiscaliza los procesos de adquisición, el desarrollo de las obras públicas, la justificación de las inversiones, el cumplimiento de los estándares de calidad previstos, la razonabilidad de los montos invertidos, así como la conclusión de las obras en tiempo y forma. Para su desarrollo, se empleó el procedimiento referido en el esquema de la página siguiente. Derivado de la ejecución de las 57 auditorías en las que esta área participó, 25 fueron al cumplimiento financiero, 11 realizadas a la inversión física, 19 mixtas (es decir, de cumplimiento financiero e inversión física) y 2 auditorías que fueron desarrolladas de forma conjunta con la Auditoría Especial de Desempeño, de las que se obtuvieron los resultados siguientes: Cumplimiento Financiero Inversión Ámbito Número de observaciones Monto observado Número de observaciones Monto observado Estatales 263 76,241,946.6 389 6,277,736.9 Municipales 513 17,256,360.2 882 3,861,020.5 Totales 776 93,498,306.8 1,271 10,138,757.4 Con relación a las auditorías de desempeño y legalidad, éstas fueron ejecutadas por la Auditoría Especial de Desempeño y Legalidad del Órgano Superior y derivan del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2021, que a su competencia correspondieron. Como lo establece la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, la auditoría de desempeño es la “revisión sistemática, interdisciplinaria, organizada, objetiva, propositiva, independiente y comparativa del impacto social de la gestión pública, de los programas y de la congruencia entre lo propuesto y lo obtenido, conforme a los indicadores establecidos en los Presupuestos de Egresos aprobados para el ejercicio fiscal correspondiente y tomando en cuenta los planes de desarrollo”. Por otro lado, la auditoría de legalidad se entiende como la “revisión sistemática, interdisciplinaria, organizada, objetiva, propositiva e independiente de la observancia de las disposiciones jurídicas aplicables que rigen el actuar de las entidades fiscalizables con el propósito de fortalecer los procesos de transparencia, rendición de cuentas, el combate a la corrupción y la buena gobernanza del sector público”. El proceso único para las auditorías desempeño y legalidad es el que se presenta y explica a continuación: Investigación Lista Documento Esta Auditoría Especial realizó un total de 43 auditorías, de las cuales 19 fueron de desempeño, 20 de legalidad, 2 mixtas (es decir, de legalidad y desempeño) y 2 conjuntas con la Auditoría Especial de Cumplimiento Financiero; de su ejecución se obtuvo el siguiente resultado: Número total de recomendaciones Desempeño Legalidad Municipio 282 129 Dependencias del Poder Ejecutivo 48 13 Organismos Auxiliares 112 53 Órganos Autónomos 17 0 Subtotal 459 195 Total 654 Ambas Auditorías Especiales concluyen con un Informe de Auditoría que contiene para cada Entidad Fiscalizada los resultados correspondientes, según el tipo de auditoría que le fue aplicado; este documento es notificado al ente auditado, así como turnado su expediente a la Unidad de Seguimiento. La Unidad de Seguimiento notifica a la Entidad Fiscalizada el pliego de observaciones y el plazo para iniciar el procedimiento de aclaración establecido en los artículos 53, 53 bis, 54 y 54 bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y Municipios, mismo que de manera genérica a continuación se ilustra: Flecha con giro a la derecha Carpeta abierta Calendario diario Documento Lupa En caso de determinar un pliego de observaciones para la Autoridad Investigadora, la Unidad de Seguimiento turna el expediente para que esta autoridad, en el ámbito de sus atribuciones, inicie la investigación que la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios establecen, a fin de determinar si existe la comisión de una presunta falta administrativa grave y un presunto servidor público responsable. Esta área realiza su procedimiento de acuerdo a la ilustración siguiente: De determinar la Autoridad Investigadora la emisión del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, lo turnará a la Autoridad Substanciadora, que en el Órgano Superior de Fiscalización se encuentra en la Unidad de Asuntos Jurídicos, bajo la denominación de Dirección de Substanciación, que es la competente de notificar a las partes, citarlas para el desahogo de la Audiencia Inicial y desarrollar en ella la garantía de audiencia y así ofrecer las pruebas, y de considerarlo procedente enviar al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. Carpeta abierta Cancha Balanza de la justicia Preguntas Documento Lista RTL Calendario mensual De esta forma concluye el quehacer de las diferentes áreas administrativas del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México que intervienen de manera sustantiva en la elaboración del Informe de Resultados y el seguimiento a los mismos hasta su total conclusión. De manera integral y conclusiva, el procedimiento se desarrolla de la siguiente forma: La estadística general de los actos de fiscalización para el Ejercicio Fiscal 2021 es la siguiente: Ir en bicicleta con personas Resultados finales (Miles de pesos) AUDITORÍAS Presupuesto Monto % Observaciones Municipal 90,535,602.9 21,117,380.7 23.3% 1,806 Estatal 316,174,451.2 82,519,683.5 26.1% 895 Total 406,710,054.1 103,637,064.2 25.5% 2,701 REVISIONES Presupuesto Monto % Observaciones Municipal 90,535,602.9 20,815,722.0 23.0% 2,745 Estatal 316,174,451.2 43,938,694.5 13.9% 771 Total 406,710,054.1 64,754,416.5 15.9% 3,516 Las cantidades en dinero mostradas en miles de pesos son leídas de acuerdo con la siguiente tabla. Para la adecuada lectura del Informe de Resultados, se muestran los siguientes ejemplos de conversión de miles de pesos a pesos: Miles de pesos Pesos Un mil pesos 1.0 1,000.00 Mil pesos Diez miles de pesos 10.0 10,000.00 Diez mil pesos Cien miles de pesos 100.0 100,000.00 Cien mil pesos Mil miles de pesos 1,000.0 1,000,000.00 Un millón de pesos Diez mil miles de pesos 10,000.0 10,000,000.00 Diez millones de pesos Cien mil miles de pesos 100,000.0 100,000,000.00 Cien millones de pesos Un millón de miles de pesos 1,000,000.0 1,100,000,000.00 Mil millones de pesos