Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Entidades Estatales Tomo II. Órganos Autónomos Volumen 4. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios www.osfem.gob.mxwww.osfem.gob.mx Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Oficinascentrales:CalleMarianoMatamorosNo.106, DelegaciónCentroHistórico,col.Centro,Toluca,Estadode México,C.P.50000. Documentoelectrónico;sideseaimprimirlo,seleccionelaescala personalizadaal98%paraunamejorimagendesalida. Eviteimprimirsinoesestrictamentenecesario.Cuidemosel medioambiente. Para la adecuada lectura del Informe de Resultados, se añaden las siguientes precisiones: •La Entidad es responsable de la preparación y presentación de la información contable, financiera, presupuestaria, programática y administrativa de la cuenta pública y de la información adicional requerida para la realización de revisiones y auditorías; asimismo, es responsable de que la información que presente sea confiable, comparable y veraz. •En cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la información contable y financiera de las Entidades debe sujetarse a criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, así como a los atributos de oportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de predicción e importancia relativa al registrarse en términos del Manual Único de Contabilidad Gubernamental aplicable. •Las gráficas, tablas e infografías (excepto cuando se indique otra fuente) fueron elaboradas por el OSFEM, con base en la cuenta pública de las Entidades; así como en la información adicional requerida. •Las cifras están expresadas en miles de pesos, excepto en donde se indique que lo están en pesos. •Las cifras pueden presentar diferencias en los siguientes casos: 1) por la conversión a miles de pesos, 2) debido al redondeo aplicado, 3) por errores en operaciones aritméticas de las Entidades y 4) por omisiones de información de las Entidades. •Debido a que las cifras porcentuales están expresadas con redondeo, aquellas que estén a un decimal y cuyo valor sea menor a 0.05 por ciento se pueden ver reflejadas en el Informe como 0.0 por ciento; del mismo modo, los porcentajes en números enteros con valor menor a 0.5 por ciento se pueden ver reflejados como 0 por ciento. •En los resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, las diferencias resultantes de la comparación de cifras entre dos o más fuentes de información están registradas en valores absolutos (lo que significa que se presenta el valor numérico, sin tener en cuenta su signo, ya sea positivo o negativo). •Cuando la Entidad no presentó información para el procedimiento aplicado en la Revisión de la Cuenta Pública, en lugar de series de datos, aparecen espacios en blanco en las gráficas, o guiones en vez de cifras en el caso de las infografías y tablas; lo anterior puede suceder: 1) cuando la Entidad tenía la obligación de presentar la información, en este caso el incumplimiento se señala en las notas o en los cuadros de inconsistencias de la gráfica o infografía correspondiente; y 2) cuando la omisión de información se debe a que el procedimiento o elemento revisado no aplica o no es obligatorio para la Entidad. •En la Revisión de la Cuenta Pública, cuando el resultado es menor a una unidad, se toma en cuenta la importancia relativa del procedimiento aplicado para determinar la representación de la información. •Los procedimientos de la Revisión de la Cuenta Pública se realizan tanto a nivel de programa presupuestario como de proyecto; mientras que en las tablas denominadas “Cuadro resumen de la etapa”, la información se presenta a nivel de programa presupuestario. •Los objetivos de los procedimientos de la Revisión de la Cuenta Pública especifican si se revisa la información para identificar el cumplimiento de la normatividad o para determinar la congruencia de los importes registrados por la Entidad. •En la Revisión de la Cuenta Pública pueden aparecer ceros en gráficas, tablas e infografías como resultado de operaciones aritméticas realizadas. •El significado de las siglas y acrónimos puede ser consultado en el glosario. Para la adecuada lectura del Informe de Resultados, se muestran los siguientes ejemplos de conversión de cifras de miles de pesos a pesos: Miles de pesos Pesos Un mil pesos 1.0 1,000.00 Mil pesos Diez miles de pesos 10.0 10,000.00 Diez mil pesos Cien miles de pesos 100.0 100,000.00 Cien mil pesos Mil miles de pesos 1,000.0 1,000,000.00 Un millón de pesos Diez mil miles de pesos 10,000.0 10,000,000.00 Diez millones de pesos Cien mil miles de pesos 100,000.0 100,000,000.00 Cien millones de pesos Un millón de miles de pesos 1,000,000.0 1,100,000,000.00 Mil millones de pesos Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Tomo II Órganos Autónomos Volumen 4 Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios Contenido Revisión de la Cuenta Pública 7 Auditoría de Legalidad 31 Informe de Resultados del Ejercicio Fiscal 2022 Revisión de la Cuenta Pública Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios www.osfem.gob.mx Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios Aspectos generales Naturaleza jurídica Es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto No. 46 y publicado en la Gaceta del Gobierno número 83, de fecha 30 de abril de 2004; a partir del 24 de julio de 2008, el Instituto deja de ser un organismo público descentralizado constituyéndose como un órgano autónomo según decreto número 172, publicado en la gaceta del gobierno número 16. Fuente: Informes Trimestrales 2022. Fuente: Cuenta Pública. •Garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos Objeto social personales en posesión de los sujetos obligados, conforme a los principios y bases establecidas en la Constitución Federal, Constitución Local, Ley General, así como, lo previsto en esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables. Fuente: Cuenta Pública. Estructura directiva Misión 1 Consejo Consultivo Constituirse como un órgano garante del derecho de acceso a la información pública y la protección de los datos 1 Pleno p ersonales en el Estado de México, a través de la promoción oportuna y dinámica de la cultura de la transparencia. 7 Direcciones 5 Áreas Staff Visión - - Fuente: Organigrama identificado en la Cuenta Pública. Ser un órgano garante confiable y seguro que garantiza y salvaguarda, con seriedad y apego a las leyes, el derecho de Derecho humano garantizado acceso a la información pública y la protección de los datos personales en el Estado de México. Derecho de toda persona al acceso a la información pública y protección de datos personales. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 Fuente: CODHEM, Catálogo para la calificación de violaciones a derechos humanos, 2016. Fuente: Página web de la Entidad (misión y visión). 9Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Generales financieros Grupos del Estado de Situación Financiera (Miles de pesos) Objetivo: Mostrar la variación, entre un Ejercicio Fiscal y otro, de los bienes y recursos (activo) con los que cuenta la Entidad, sus obligaciones con terceros (pasivo) y su patrimonio (hacienda pública/patrimonio). Activo Pasivo 2022 2021 Variación 2022 2021 Variación (%) Circulante (%) Circulante 25,183.8 13,189.3 90.9 1,783.5 0.0 N/A Constituido por el conjunto de bienes, valores y derechos, de fácil realización o disponibilidad, en un plazo Constituido por las obligaciones cuyo vencimiento será en un periodo menor o igual a doce meses.(1) menor o igual a doce meses. (1) 2022 2021 Variación 2022 2021 Variación (%) No Circulante (%) No Circulante 24,524.1 25,862.8 -5.1 0.0 0.0 0.0 CConstituido por las obligaciones cuyo vencimiento será posterior a doce meses. (1) nstituido por el conjunto de bienes requeridos por el Ente Público, sin el propósito de venta; inversiones, o(1) valores y derechos cuya realización o disponibilidad se considera en un plazo mayor a doce meses. Hacienda Pública/Patrimonio 202Variación 2 2021 (%) Contribuido 0.0 0.0 0.0 Representa las aportaciones, con fines permanentes, del sector privado, público y externo que incrementan la Hacienda Pública/Patrimonio del Ente Público, así como los efectos identificables y cuantificables que le afecten de acuerdo con los lineamientos que emita el CONAC. (1) Variación 2021 (%) Ge2022 nerado 47,924.4 39,052.1 22.7 R epresenta la acumulación de resultados de la gestión de ejercicios anteriores, incluyendo las aplicadas a reservas, resultados del ejercicio en operación y los eventos identificables y cuantificables que le afectan de acuerdo con los lineamientos emitidos por el CONAC. (1) Variación 2022 2021 Exceso o insuficiencia (%) por actualización 0.0 0.0 0.0 (1) Su utilización será de acuerdo con los lineamientos que emita el CONAC. (1) ONAC, Capítulo III. Plan de Cuentas, última modificación: 09/12/2021. C Total Total Variación Pasivo más Variación 2022 2021 2022 2021 (%) Activo Hacienda (%) Pública/Patrimonio 49,707.9 39,052.1 27.2 49,707.9 39,052.1 27.2 Nota: El total del activo debe ser igual a la suma del total del pasivo más el total de la hacienda pública/patrimonio. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 10Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Generales financieros Grupos del Estado de Actividades (Miles de pesos) Objetivo: Mostrar la variación, entre un Ejercicio Fiscal y otro, de los ingresos y gastos de la Entidad, para saber si ésta tuvo un ingreso mayor a sus gastos (ahorro) o si sus gastos fueron mayores a sus ingresos (desahorro). Ingresos y Otros Beneficios Gastos y Otras Pérdidas Variación Variación Ingresos 2022 2021 (%) 2022 2021 Gastos de (%) 20222021Variaciónde Gestión Funcionamiento (%) 0.0 0.0 0.0 196,104.5 174,625.5 12.3 #.##.##.# Comprende el importe de los ingresos provenientes de contribuciones, productos, aprovechamientos, así Son los gastos que se realizan para la ejecución de las actividades de la Entidad. como de venta de bienes y prestación de servicios. Participaciones, Aportaciones, Convenios, Transferencias, Variación Variación Incentivos Derivados de la Colaboración 2022 2021 (%) 2022 2021 (%) Asignaciones, Fiscal, Fondos Distintos de Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subsidios y Otras Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones 205,464.9 179,333.0 14.5 16.0 12.1 32.2 Ayudas Comprende el importe de los recursos que reciben las Entidades Federativas y Municipios por concepto Comprende el gasto destinado, de forma directa o indirecta, a los sectores público, privado y externo. de participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal, fondos distintos de aportaciones; así como los ingresos de los Entes Públicos provenientes de transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones. Variación Variación Otros Ingresos 2022 2021 2022 2021 Participaciones y (%) (%) y Beneficios Aportaciones 2,270.0 204.5 1,010.0 0.0 0.0 0.0 Son aquellos ingresos no inherentes a las actividades de la Entidad. Comprende el importe del gasto por participaciones y aportaciones para las Entidades Federativas y los Municipios. Variación Intereses, Comisiones 2022 2021 (%) y Otros Gastos de la 0.0 0.0 0.0 Deuda Pública Representa el gasto por intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública. Variación Otros Gastos 2022 2021 (%) y Pérdidas 2,276.9 6,859.7 -66.8 Extraordinarias Comprende los importes reconocidos por la pérdida de valor de los bienes de la Entidad. 2022 2021 Variación (%) Inversión Pública 408.9 245.3 66.6 Comprende el importe del gasto destinado a construcción y/o conservación de obras y proyectos productivos, así como de bienes muebles e intangibles. Total Total Variación Variación 2022 2021 (%) Ingresos y Otros Gastos y Otras 2022 2021 (%) Beneficios Pérdidas 207,734.9 179,537.5 15.7 198,806.3 181,742.6 9.3 2022 2021 Variación (%) Resultados del Ejercicio8,948.6 -2,205.1 -505.8 (Ahorro/Desahorro) E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 11Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Generales presupuestales Ingresos (Miles de pesos) Objetivo: Mostrar la integración del ingreso asignado, el total autorizado y el recaudado al cierre del Ejercicio, de acuerdo a su origen. Asignado Total autorizado Recaudado 218,467.8 223,036.8 226,875.6 Ingresos de Gestión - - - Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 206,110.5 205,679.5 205,464.9 Otros Ingresos y Beneficios 12,357.3 17,357.3 21,410.7 Programa de Acciones para el Desarrollo (PAD) - - - ¿Cuánto recibió? Fuente: Ingresos. Egresos (Miles de pesos) Objetivo: Mostrar la integración del egreso asignado, el total autorizado y el ejercido aplicado por capítulo del gasto al cierre del Ejercicio. A signado Total autorizado Ejercido 218,467.8 223,036.9 197,831.9 Capítulo 1000 1 98,645.1 198,645.1 175,614.0 Servicios Personales Capítulo 2000 2 ,025.1 2,706.0 2,195.6 Materiales y Suministros Capítulo 3000 1 Servicios Generales 5,778.2 19,667.3 18,294.9 Capítulo 4000 1 9.4 18.5 15.9 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Capítulo 5000 2,000.0 2,000.0 1,711.5 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles Capítulo 6000 - - - Inversión Pública Capítulo 7000 - - - Inversiones Financieras y Otras Provisiones Capítulo 8000 - - - Participaciones y Aportaciones Capítulo 9000 Deuda Pública - - - Programa de Acciones para el Desarrollo (PAD) - - - ¿En qué gastó? Fuente: Egresos por Capítulo. Inconsistencias E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2D e la revisión a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos modificados, se identificó que existen diferencias entre los montos totales reportados. 12 Revisión de la Cuenta Pública Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios Etapa de planeación Programas planeados de acuerdo a los Pilares y Ejes Transversales Objetivo del procedimiento: Comprobar que los programas planeados por la Entidad se encuentren integrados en los pilares y ejes transversales de la clasificación funcional y programática del Gobierno del Estado de México. Clasificación programática Total de programas Pilar 1. Social- Pilar 2. Económico- Pilar 3. Territorial- Pilar 4. Seguridad- Eje transversal I. Igualdad de género- Eje transversal II. Gobierno capaz y responsable1 Eje transversal III. Conectividad y tecnología para el - buen gobierno Otros no clasificados - Fuente: Egresos por Programa; Plan de Desarrollo del Estado de México (PDEM) 2017-2023; y Clasificación funcional y programática del Gobierno del Estado de México. ¿Cuál es el número de programas que la Entidad planeó ¿La Entidad presentó programas autorizados de acuerdo para el Ejercicio vigente? 1 a los pilares y ejes transversales del PDEM 2017-2023? No ¿Los programas planeados por la Entidad se encuentran integrados en el pilar o eje transversal de la clasificación No funcional y programática vigente? Inconsistencias La Entidad reportó en el formato Egresos por Programa de su Cuenta Pública, el programa "Desarrollo de la función pública y ética en el servicio público", el cual no con el reportado en el resto de su información programática. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2coincide 13Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de planeación Distribución de programas por función Objetivo del procedimiento: Identificar, en la planeación, la distribución de los programas por función. Número de programas de la política de gobierno1Coordinación 0Legislación 0 Justicia exteriores0Relaciones financieros y hacendarios0Asuntos de orden público y seguridad interior0Asuntos servicios generales0Otros ambiental0Protección y servicios a la comunidad0Vivienda 0Saludón cultura y otras manifestaciones sociales0Recreación, La gráfica muestra, de mayor a menor, la asignación 0EducaciónFuncide programas agrupados de acuerdo a las funciones que la Entidad incluyó en la planeación. social0Protección económicos, comerciales y laborales en general0Asuntos silvicultura, pesca y caza0Agropecuaria, y energía0Combustibles ¿Cuál fue la función con mayor número Coordinación de la manufacturas y construcciónde0Minería, programas? política de gobierno 0Transporte C 0omunicaciones Nota: Las funciones “Seguridad nacional”, “Otros asuntos sociales” y 0Turismo“Saneamiento del sistema financiero” no se visualizan en el gráfico porque no tienen programas presupuestarios asignados en la clasificación funcional y tecnología e innovaciónprogramática0Ciencia, del Gobierno del Estado de México 2022. industrias y otros asuntos económicos0Otras de la deuda pública / costo financiero de la deuda0Transacciones Transferencias, participaciones y aportaciones entre 0 diferentes niveles y órdenes de gobierno de ejercicios fiscales anteriores0Adeudos Fuente: Egresos por Programa. En resumen, de la revisión a la etapa de planeación de la Entidad, se obtuvieron los siguientes resultados: Elementos revisados Resultado ¿Cuál es el número de programas que la Entidad planeó para el Ejercicio 1 vigente? ¿La Entidad presentó programas autorizados de acuerdo a los pilares y ejes No transversales del PDEM 2017-2023? ¿Los programas planeados por la Entidad se encuentran integrados en el No pilar o eje transversal de la clasificación funcional y programática vigente? Coordinación de ¿Cuál fue la función con mayor número de programas? la política de gobierno E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 14 Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de programación y presupuestación Equilibrio presupuestario Objetivo del procedimiento: Comprobar que la Entidad presente equilibrio presupuestario entre el ingreso y el egreso asignados. 218,467.8218,467.8250,000.0 200,000.0 Ingresos Egresos 150,000.0 100,000.0 50,000.0 0.0 Cifras en miles de pesos. Fuente: Ingresos y Egresos por Capítulo. ¿La Entidad presentó equilibrio presupuestario? Cumplió Obtención y asignación de recursos Objetivo del procedimiento: Verificar que los ingresos asignados estén alineados a los catálogos vigentes, e identificar los egresos por tipo de gasto. Ingresos por rubro Fuente: Ingresos. Contribuciones, productos, aprovechamientos, así 6%comoIngresos de Gestión ingresos derivados de la venta de bienes y servicios, inherentes a su operación, que recauda 0.0 directamente el Ente Público. Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Recursos que tiene derecho a percibir el Ente Público, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas así como ingresos provenientes de transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas. 206,110.5 Total Otros Ingresos y Beneficios 218,467.8 Son aquellos ingresos no inherentes a las actividades de la Entidad. 12,357.3 Programa de Acciones para el Desarrollo (PAD) Programa que permite se otorguen subsidios o apoyos económicos a diversos niveles de gobierno, 0.0 asociaciones o representantes de la sociedad. 94% Cifras en miles de pesos. Asignación por capítulo del gasto y clasificación económica Fuente: Egresos por Capitulo, EAEPE1. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) y EAEPE. Clasificación económica (por tipo de gasto). 91% 1%7%0%1%0%0%0%0%0% 1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 8000 9000 Programa de Servicios Materiales y Servicios Transferencias, Bienes Muebles Inversión Inversiones Financieras Participaciones y Deuda Acciones para el Capítulo Personales Suministros Generales Asignaciones, Subsidios Inmuebles e Pública y Otras Provisiones Aportaciones Pública Desarrollo (PAD) y Otras Ayudas Intangibles Tipo Gasto corriente: 99% Gasto de capital: 1% Amortización: 0% Erogaciones que se destinan al pago de remuneraciones y gastos de Erogaciones que se destinan a la adquisición de Erogaciones destinadas al carácter administrativo de la operación gubernamental. activos requeridos para el desempeño del Ente pago de ADEFAS y, en su Público, así como para obras públicas y caso, deuda e intereses. proyectos de inversión. ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. ¿Los rubros del ingreso y capítulos del gasto utilizados Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) Sí Cumplió por la Entidad están alineados a los catálogos vigentes? con los montos reportados en el EAEPE. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2coincide Clasificación económica (por tipo de gasto)? (1) EAEPE: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos. 15Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de programación y presupuestación Asignación presupuestaria por clasificación funcional Objetivo del procedimiento: Verificar la asignación presupuestaria por finalidad y función del gasto, y comprobar que coincida con la reportada en la clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto). FinaAsignación Asignación lidad Función presupuestaria Finalidad Función presupuestaria (Miles de pesos) (Miles de pesos) Legislación - Asuntos económicos, comerciales y laborales en - general Justicia - Agropecuaria, silvicultura, pesca y caza - Coordinación de la política de gobierno - Combustibles y energía - Relaciones exteriores - Minería, manufacturas y construcción - GobiernoAsuntos financieros y hacendarios - Transporte - Asuntos de orden público y seguridad interior - Comunicaciones - DesarrolloEconómico Otros servicios generales 218,467.8 Turismo - Protección ambiental - Ciencia, tecnología e innovación - Vivienda y servicios a la comunidad - Otras industrias y otros asuntos económicos - Transacciones de la deuda pública / costo Salud - - financiero de la deuda Recreación, cultura y otras manifestaciones - Transferencias, participaciones y aportaciones - Socialsociales entre diferentes niveles y órdenes de gobierno Otras no Desarrollo Educación - Clasificadasen AnterioresFunciones Adeudos de ejercicios fiscales anteriores - Protección social - Total de la Clasificación funcional 218,467.8 Total de la Clasificación por objeto del gasto 218,467.8 Fuente: EAEPE. Clasificación funcional (finalidad y función) y EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto). Diferencia 0.0 Nota: Las funciones “Seguridad nacional”, “Otros asuntos sociales” y “Saneamiento del sistema financiero” no se visualizan en la tabla porque no tienen programas ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. Clasificación presupuestarios asignados en la clasificación funcional y programática del Gobierno por objeto del gasto (capítulo y concepto) coincide con el monto Cumplió del Estado de México 2022. reportado en el EAEPE. Clasificación funcional (finalidad y función)? Asignación presupuestaria por clasificación administrativa Objetivo del procedimiento: Verificar la asignación presupuestaria por clasificación administrativa del gasto, y comprobar que coincida con la reportada en la clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto). Asignación Clasificación administrativa presupuestaria (Miles de pesos) Poder Ejecutivo - Poder Legislativo - Poder Judicial - Órganos Autónomos 218,467.8 Total de la Clasificación administrativa 218,467.8 Total de la Clasificación por objeto del gasto 218,467.8 Diferencia 0.0 Fuente: EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) y EAEPE. Clasificación administrativa. ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) coincide con lo reportado en el EAEPE. Cumplió Clasificación administrativa? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 16Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de programación y presupuestación Programación de metas y recurso aprobado por programa Objetivo del procedimiento: Identificar, por pilar y eje transversal, que los programas reportados por la Entidad cuenten con metas programadas y recurso asignado. Eje transversal III. Pilar 1. Pilar 2. Pilar 3. Pilar 4. Eje transversal I. Eje transversal II. Conectividad y Igualdad de Gobierno capaz tecnología para el Social Económico Territorial Seguridad género y responsable buen gobierno Programas Programas Programas Programas Programas Programas Programas - - - - - 1 - Con metasCon metasCon metasCon metasCon metasCon metasCon metas - - - - - 1 - Con recurso Con recurso Con recurso Con recurso Con recurso Con recurso Con recurso asignado asignado asignado asignado asignado asignado asignado - - - - - 1 - Monto Monto Monto Monto Monto Monto Monto - - - - - 218,467.8 - Unidades de meta Unidades de meta Unidades de meta Unidades de meta Unidades de meta Unidades de meta Unidades de meta programadas programadas programadas programadas programadas programadas programadas - - - - - 47,518 - Fuente: Egresos por Programa, Avance Operativo-Programático y Presupuestal, y Calendarización de Metas por Proyecto y Unidad Ejecutora (PbR09a). Cifras en miles de pesos. ¿Cuál es el pilar o eje transversal con mayor ¿Los programas reportados por la Entidad, por recurso asignado para el cumplimiento de los Eje transversal II pilar y eje transversal, cuentan con recursoCumplió programas de la Entidad? asignado y metas programadas? En resumen, de la revisión a la etapa de programación y presupuestación de la Entidad, se obtuvieron los siguientes resultados: Elementos revisados Resultado ¿La Entidad presentó equilibrio presupuestario? Cumplió ¿Los rubros del ingreso y capítulos del gasto utilizados por la Entidad están Sí alineados a los catálogos vigentes? ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) coincide con los montos reportados en el Cumplió EAEPE. Clasificación económica (por tipo de gasto)? ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) coincide con el monto reportado en el EAEPE. Cumplió Clasificación funcional (finalidad y función)? ¿La asignación presupuestaria reportada en el EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto) coincide con lo reportado en el EAEPE. Cumplió Clasificación administrativa? ¿Cuál es el pilar o eje transversal con mayor recurso asignado para el Eje transversal II cumplimiento de los programas de la Entidad? ¿Los programas reportados por la Entidad, por pilar y eje transversal, cuentan Cumplió con recurso asignado y metas programadas? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 17 Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa del ejercicio de los recursos públicos Reconocimiento de las transferencias del Poder Ejecutivo por subsidio Objetivo del procedimiento: Comprobar que las transferencias correspondientes al Ejercicio 2022 publicadas por el Poder Ejecutivo en su cuenta pública coincidan con los ingresos recaudados por subsidio reportados por la Entidad. Transferencia publicada Subsidio recaudado Diferencia por el Poder Ejecutivo por la Entidad 205,464.9 205,464.9 0.0 Fuente: Ingresos, Egresos, Balanza de Comprobación Detallada y Cuenta Pública del Poder Ejecutivo (Transferencias a Cifras en miles de pesos. Organismos Auxiliares). ¿Los ingresos recaudados por subsidio reportados por la Entidad corresponden con lo publicado por el Poder Cumplió Ejecutivo en su cuenta pública? Suficiencia presupuestaria en los proyectos ejercidos Objetivo del procedimiento: Verificar que los proyectos ejercidos por la Entidad se hayan ejecutado con recursos autorizados. % de la diferencia Proyectos Total respecto al total ejercidos Ejercido Diferencia autorizado autorizado por resultado de la ejecución 1 Subejercicio Egresos 223,036.8 197,831.9 25,204.9 11.3% 1 (Miles de pesos) Con suficiencia 223,036.8 197,831.9Cumpliópresupuestaria - - - - - 25Sobreejercicio ,204.9- - - - - Resultado de la ejecuciónTotalEjercidoDiferencia autorizado Sin presupuesto autorizado - - - - No cumplió - Fuente: Avance Operativo-Programático y Presupuestal. Total 223,036.8 197,831.9 25,204.9 Cifras en miles de pesos. Principales proyectos ejecutados con incumplimiento Con sobreejercicio No aplica. Sin presupuesto No aplica. autorizado ¿La Entidad se apegó a la normatividad correspondiente al ejecutar Cumplió proyectos únicamente con recursos autorizados? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 18Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa del ejercicio de los recursos públicos Modificaciones a la Ley de Ingresos y al Presupuesto de Egresos asignados Objetivo del procedimiento: Verificar que coincidan las ampliaciones y reducciones realizadas a la Ley de Ingresos Asignada y al Presupuesto de Egresos Asignado. Cifras en miles de pesos. Ley de Ingresos Asignada Presupuesto de Egresos Asignado Ampliaciones 5,008.7 48,782.1 Ampliaciones Reducciones 439.7 44,213.0 Reducciones Total 4,569.0 4,569.1 Total Fuente: Ingresos y Egresos por Capítulo. ¿Los montos correspondientes a las ampliaciones y/o reducciones a la Ley de Ingresos Asignada coinciden Sí con los del Presupuesto de Egresos Asignado? Verificación de los importes pagados por remuneraciones con respecto al Tabulador de sueldos Objetivo del procedimiento: Comprobar si el sueldo base de los servidores públicos se ajustó al Tabulador de Sueldos de la Entidad. Primera quincena de junioPrimera quincena de diciembre Puesto funcional Sueldo o dieta Sueldo o dieta Tabulador Tabulador autorizado quincenal Diferencia autorizado quincenal Diferencia registrado registrado Comisionado 47,348.75 47,348.75 0.00 47,348.75 47,348.75 0.00 Secretaria Particular Comisionado Presidente 23,344.49 23,344.50 0.00 23,344.49 23,344.50 0.00 Secretario Técnico del Pleno 23,344.49 23,344.50 0.00 23,344.49 23,344.50 0.00 Director General 23,344.49 23,344.50 0.00 23,344.49 23,344.50 0.00 Coordinador de Proyectos 23,344.49 23,344.50 0.00 23,344.49 23,344.50 0.00 Total - - 0.00 - - 0.00 Fuente: Nómina Detallada y Tabulador de Sueldos. Cifras en pesos. ¿El importe registrado por concepto de sueldo base corresponde a lo autorizado en el Tabulador de Cumplió de la Entidad? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2Sueldos 19Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa del ejercicio de los recursos públicos Evolución del endeudamiento 2020-2022 Objetivo del procedimiento: Analizar el comportamiento del endeudamiento de la Entidad durante los Ejercicios 2020, 2021 y 2022. Deuda a corto plazo Deuda a largo plazo Total de la deuda a corto y largo plazos 1,783.5 2020 0.0 2021 0.0 2022 1,783.5 0.00.00.00.00.0 202020212022202020212022Cifras en miles de pesos. Variación porcentual del endeudamiento Plazo 2020-2021 2021-2022 Principales cuentas contables relacionadas con la variación en el último periodo Corto 0.0% N/A% ''Cuentas por pagar a corto plazo'' (1,783.5). Largo 0.0% 0.0% No aplica. Fuente: Estado de Situación Financiera de los Ejercicios Fiscales 2021 y 2022. Cifras en miles de pesos. ¿La Entidad presentó obligaciones a corto y/o largo ¿Cuál es la tendencia que presentó el pasivo de la Aumentó plazos al cierre del Ejercicio 2022? Sí Entidad de 2021 a 2022? Análisis del capítulo 9000 “Deuda Pública” Objetivo del procedimiento: Verificar los saldos reflejados por subcapítulo del capítulo 9000 “Deuda Pública”. Egreso Ejercido por subcapítulo del capítulo 9000 (Miles de pesos) 100.0%1.0 90.0%0.9 Total 9000 % respecto al 80.0%0.8Capítulo total del Egreso 0.0 Ejercido de la 70.0%0.7 Entidad La Entidad no presentó 60.0%0.6 0.0% Egreso Ejercido en el capítulo 9000. 50.0%0.5 40.0%0.4 30.0%0.3 20.0%0.2 10.0%0.1 91009200 Intereses9300 Comisiones0.0%0.0 Amortización dede la deudade la deuda9400 Gastos de la9500 Costo por9600 Apoyos9900 ADEFAS la deuda públicapúblicapúblicadeuda públicacoberturasfinancieros Egreso0.00.00.00.00.00.00.0 % del cap. 90000.0%0.0%0.0%0.0%0.0%0.0%0.0% Fuente: Egresos por Capítulo. ¿En qué subcapítulo se destinó la mayor cantidad de recursos del capítulo 9000 “Deuda Pública”? No aplica E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 20Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa del ejercicio de los recursos públicos En resumen, de la revisión a la etapa del ejercicio de los recursos públicos de la Entidad, se obtuvieron los siguientes resultados: Elementos revisados Resultado ¿Los ingresos recaudados por subsidio reportados por la Entidad Cumplió corresponden con lo publicado por el Poder Ejecutivo en su cuenta pública? ¿La Entidad se apegó a la normatividad correspondiente al ejecutar Cumplió proyectos únicamente con recursos autorizados? ¿Los montos correspondientes a las ampliaciones y/o reducciones a la Ley de Ingresos Asignada coinciden con los del Presupuesto de Egresos Sí Asignado? ¿El importe registrado por concepto de sueldo base corresponde a lo Cumplió autorizado en el Tabulador de Sueldos de la Entidad? ¿La Entidad presentó obligaciones a corto y/o largo plazos al cierre del Sí Ejercicio 2022? ¿Cuál es la tendencia que presentó el pasivo de la Entidad de 2021 a 2022? Aumentó ¿En qué subcapítulo se destinó la mayor cantidad de recursos del capítulo No aplica 9000 “Deuda Pública”? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 21 Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Cumplimiento de metas y recurso ejercido por programa Objetivo del procedimiento: Verificar que el recurso ejercido y las metas alcanzadas por programa se encuentren en un intervalo de cumplimiento de entre el 90.0 y el 110.0 por ciento. Programas ejecutados 1 en total Programas cuyo porcentaje de recurso ejercido y metas - realizadas oscila entre el 90.0 y el 110.0 por ciento Programas cuyo porcentaje de recurso ejercido y metas 100%realizadas 1 es menor a 90.0 o mayor a 110.0 por ciento Programas 0.0 - sin recurso ejercido Programas - sin metas realizadas Fuente: Avance Operativo-Programático y Presupuestal. ¿El recurso ejercido y las metas realizadas por la Entidad se encuentran en un intervalo de cumplimiento No cumplió de entre el 90.0 y el 110.0 por ciento? Crecimiento del gasto en servicios personales Objetivo del procedimiento: Comprobar que los recursos para servicios personales no rebasen el límite de crecimiento del 3.0 por ciento determinado para el Ejercicio Fiscal 2022, de acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera. Egreso aprobado en Límite de crecimiento Comportamiento servicios personales 2021-2022 equivalente al 3.0 % del egreso 2021-2022 250,000.0 198,645.1$$ % 172,400.3200,000.0 5,172.0 15.2 26,244.8 150,000.0 100,000.0Cifras en miles de pesos. 50,000.0 0.0 20212022 Fuente: EAEPE Detallado-LDF (Clasificación de servicios personales por categoría) de los Ejercicios Fiscales 2021 y 2022. ¿Los recursos considerados para servicios personales se ajustaron al límite de crecimiento del 3.0 por ciento? No cumplió E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 22Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) Objetivo del procedimiento: Comprobar que los recursos aplicados para cubrir los adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS) no rebasen el límite del 2.0 por ciento aplicable al Ejercicio 2022, de acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera. Límite permitido: Importe devengado para 2.0% ADEFAS Ingreso del ingreso recaudado -% recaudado 226,875.6 $ -$4,537.5 Cifras en miles de pesos. Fuente: Estado Analítico de Ingresos Detallado-LDF y EAEPE Detallado-LDF (Clasificación por objeto del gasto). ¿El porcentaje de los recursos considerados para cubrir ADEFAS se ajustó al límite del 2.0 Cumplió por ciento del ingreso recaudado? Análisis del capítulo 1000 “Servicios Personales” Objetivo del procedimiento: Verificar los saldos reflejados en el Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos de los conceptos del capítulo 1000 “Servicios Personales”, e identificar el sueldo bruto quincenal más alto y el más bajo, así como el número de plazas al inicio y al cierre del Ejercicio Fiscal. Servidores públicos Enero Diciembre Autorizado* Pagado % de (número de plazas)(número de plazas)Variación aplicación Egreso 198,645.1 175,614.0 88.4 280 295 15 5.3% * Corresponde al momento contable del egreso modificado. Cifras en miles de pesos. Fuente: Reporte de plazas ocupadas y Nómina Detallada. Conceptos ejercidos del capítuloDiferencia salarial quincenal - (De mayor a menor egreso) (Pesos) Remuneraciones adicionales y74,833.31300 especiales 80,017.01(*) El indicador de brecha salarial 1100 Remuneraciones al personal deseñala el número de veces que el permanente67,036.6caráctersueldo quincenal bruto más alto supera al sueldo más bajo. Seguridad social26,744.91400 Otras prestaciones sociales y6,999.21500 económicas 4,816.20 Remuneraciones al personal de16.60.01200 carácter transitorio Sueldo brutoSueldo brutoBrecha salarial* Previsiones0.01600 más altomás bajode la Entidad 1700 Pago de estímulos a servidores 0.0Fuente: Nómina Detallada. públicos Nota: Los montos de los sueldos brutos corresponden a la quincena 20. Cifras en miles de pesos. Fuente: EAEPE. Clasificación por objeto del gasto (capítulo y concepto). ¿La Entidad pagó el capítulo 1000 “Servicios Personales” de acuerdo a lo autorizado en su Sí E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 Presupuesto de Egresos? 23Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Análisis de la información contable y estados financieros respecto al Estado de Situación Financiera Objetivo del procedimiento: Comprobar que los importes reflejados en los estados financieros correspondan con los del Estado de Situación Financiera; asimismo, que se presenten conforme a la estructura y contenido establecidos en el Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México (MUCG) vigente. Balanza de Cuentas contables Estado de Situación Comprobación autorizadas en Financiera Detallada el MUCG Activo Estado Analítico Coincide Coincide Sí del Activo 49,707.9 Pasivo Estado Analítico de la Coincide Coincide Sí Deuda y Otros Pasivos 1,783.5 Estado de Variación Patrimonio Coincide 47,924.4 Coincide Sí en la Hacienda Pública Saldo al inicio Saldo al final Incremento / 8,948.6 8,928.6 Estado de del Ejercicio del Ejercicio Disminución neta Situación Financiera Estado de Estado de 25,121.125,121.1Situación Actividades Financiera Estado de 13,091.412,029.713,091.412,029.7 Flujos de Efectivo Resultado del Ejercicio (ahorro/desahorro) Cifras en miles de pesos. Fuente: Estado de Situación Financiera, Balanza de Comprobación Detallada, MUCG vigente, Estado Analítico del Activo, Estado de Flujos de Efectivo, Estado Analítico de la Deuda y Otros Pasivos, Estado de Variación en la Hacienda Pública y Estado de Actividades. ¿Las cuentas contables que la Entidad presentó en la ¿El saldo reflejado en las cuentas contables de la Balanza de Comprobación Detallada se encuentran Cumplió Balanza de Comprobación Detallada corresponde con Cumplió autorizadas en el MUCG? el del Estado de Situación Financiera? ¿El saldo reflejado en las cuentas contables registradas en la Balanza de Comprobación Detallada ¿El saldo registrado en los Estados Financieros y/o el Estado de Situación Financiera corresponde a su Cumplió corresponde con lo revelado en el Estado de Situación Cumplió Financiera? naturaleza contable? En relación al Estado de Situación Financiera, la Entidad presentó saldos diferentes con: Ninguno E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 24 Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Validación del origen y aplicación del recurso Objetivo del procedimiento: Verificar que los importes del origen y aplicación del recurso reflejados en el Estado de Cambios en la Situación Financiera correspondan con los del Estado de Situación Financiera; asimismo, que se presenten conforme a la estructura y contenido establecidos en el MUCG vigente. Estado de Situación Estado de Cambios Financieraen la Situación Financiera ¿Los saldos corresponden? OrigenAplicaciónOrigenAplicación Origen Aplicación ActivoSí7,330.7 17,986.5 Sí 7,330.7 17,986.5 PasivoSí1,783.5 - Sí 1,783.5 - Hacienda Pública/ 11,133.7 2,261.4 Sí Sí 11,133.7 2,261.4 Patrimonio Cifras en miles de pesos. Fuente: Estado de Situación Financiera y Estado de Cambios en la Situación Financiera. ¿Los saldos del origen y aplicación del recurso reflejados en el Estado de Cambios en la Situación ¿El Estado de Cambios en la Situación Financiera se Financiera corresponden con los del Estado de Cumplió presentó conforme a la estructura, contenido y Cumplió Situación Financiera? registros establecidos en el MUCG? Comparación de saldos con entidades externas Objetivo del procedimiento: Verificar, según sea el caso, que el saldo final de las cuentas contables de ISSEMYM y CFE registrado en la Balanza de Comprobación Detallada corresponda con el saldo que reportan tales entidades externas. Saldo reportado por: Entidad Entidad externa 0.00.00.00.0 Diferencia 0.0 0.0 Cifras en miles de pesos. Fuente: Balanza de Comprobación Detallada y Confirmación de saldos de adeudos de ISSEMYM y CFE. ¿La Entidad presentó adeudos con ISSEMYM y La Entidad presentó diferencias en sus saldos por No E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2Ninguno CFE? concepto de adeudos con: 25Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Conciliación de saldos dictaminados del Ejercicio 2022 Objetivo del procedimiento: Verificar que los saldos del Estado de Situación Financiera reflejados en el Dictamen de Estados Financieros correspondan con los de la Balanza de Comprobación Detallada. Balanza de Dictamen Comprobación de Estados Diferencia Detallada Financieros Activo 49,707.9 49,707.9 0.0 Pasivo 1,783.5 1,783.5 0.0 Patrimonio 47,924.4 47,924.4 0.0 Cifras en miles de pesos. Fuente: Dictamen de Estados Financieros, Balanza de Comprobación Detallada. ¿Los saldos de la Balanza de Comprobación Detallada coinciden con los reflejados en el Dictamen Cumplió de Estados Financieros? Análisis de deudores diversos, cuentas por cobrar e ingresos por recuperar a corto plazo Objetivo de procedimiento: Verificar que los importes presentados en las cuentas contables de cuentas por cobrar, deudores diversos e ingresos por recuperar a corto plazo se encuentren comprobados y/o reintegrados al cierre del Ejercicio Fiscal. Cuentas por Deudores Ingresos por Cobrar a Diversos por Recuperar a Corto Plazo Cobrar a Corto Corto Plazo Plazo Total 0.0 2.6 0.0 2.6 Cifras en miles de pesos. Fuente: Balanza de Comprobación Detallada. ¿La Entidad presentó saldo en las cuentas por cobrar a corto plazo al cierre del Ejercicio Fiscal 2022? No cumplió E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 26Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Presupuesto ejercido por programa vinculado al eje transversal I “Igualdad de género” Objetivo del procedimiento: Identificar el presupuesto ejercido por programa vinculado a la igualdad de género, y prevención y atención de la violencia contra las mujeres. Asignó Ejerció P r o g r a m a srecursos recursos Procuración de justicia con perspectiva de género No No Igualdad de trato y oportunidades para la mujer y el hombre No No Inclusión económica para la igualdad de género No No 1 Fuente: Egresos por Programa y Avance Operativo-Programático y Presupuestal. Presupuesto ejercido Porcentaje que representa relacionado con el respecto al total del ¿Se presupuestaron y ejercieron recursos en eje transversal I presupuesto ejercido programas relacionados con el eje transversal I No “Igualdad de género”? - -% Cifras en miles de pesos. En resumen, de la revisión a la etapa de control y evaluación de la Entidad, se obtuvieron los siguientes resultados: Elementos revisados Resultado ¿El recurso ejercido y las metas realizadas por la Entidad se encuentran en No cumplió un intervalo de cumplimiento de entre el 90.0 y el 110.0 por ciento? ¿Los recursos considerados para servicios personales se ajustaron al límite No cumplió de crecimiento del 3.0 por ciento? ¿El porcentaje de los recursos considerados para cubrir ADEFAS se ajustó Cumplió al límite del 2.0 por ciento del ingreso recaudado? ¿La Entidad pagó el capítulo 1000 “Servicios Personales” de acuerdo a lo Sí autorizado en su Presupuesto de Egresos? ¿Las cuentas contables que la Entidad presentó en la Balanza de Cumplió Comprobación Detallada se encuentran autorizadas en el MUCG? ¿El saldo reflejado en las cuentas contables de la Balanza de Comprobación Cumplió Detallada corresponde con el del Estado de Situación Financiera? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 27Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Etapa de control y evaluación Elementos revisados Resultado ¿El saldo reflejado en las cuentas contables registradas en la Balanza de Comprobación Detallada y/o el Estado de Situación Financiera corresponde Cumplió a su naturaleza contable? ¿El saldo registrado en los Estados Financieros corresponde con lo revelado Cumplió en el Estado de Situación Financiera? En relación al Estado de Situación Financiera, la Entidad presentó saldos Ninguno diferentes con: ¿Los saldos del origen y aplicación del recurso reflejados en el Estado de Cambios en la Situación Financiera corresponden con los del Estado de Cumplió Situación Financiera? ¿El Estado de Cambios en la Situación Financiera se presentó conforme a Cumplió la estructura, contenido y registros establecidos en el MUCG? ¿La Entidad presentó adeudos con ISSEMYM y CFE? No La Entidad presentó diferencias en sus saldos por concepto de adeudos Ninguno con: ¿Los saldos de la Balanza de Comprobación Detallada coinciden con los Cumplió reflejados en el Dictamen de Estados Financieros? ¿La Entidad presentó saldo en las cuentas por cobrar a corto plazo al cierre No cumplió del Ejercicio Fiscal 2022? ¿Se presupuestaron y ejercieron recursos en programas relacionados con el No eje transversal I “Igualdad de género”? E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 28 Revisión de la Cuenta Pública. ITAIPEMYM Observaciones de la revisión No. Apartado Observación de la revisión Monto observado Normatividad infringida (Miles de pesos) Artículos 312 fracción IV y 321 del Código Financiero del Derivado del análisis, se identificó 1 programa que se encuentra fuera Estado de México y Municipios; 18 fracción VII de la Ley de 1 Control y evaluación del intervalo de cumplimiento de entre el 90.0 y el 110.0 por ciento, Planeación del Estado de México y Municipios; y 22 fracción respecto del recurso ejercido y metas realizadas. VI del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Derivado del análisis del gasto en servicios personales, se identificó Artículos 10 fracción I inciso a) de la Ley de Disciplina 2 Control y evaluación que la Entidad rebasó el 3.0 por ciento del límite permitido, al presentar Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y un crecimiento del 15.2 por ciento. 292 Quintus y 301 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Derivado de la verificación de los importes presentados en las cuentas Postulados Básicos, Políticas de Registro, numeral 7.1 “Cuentas y Documentos por Cobrar” del Manual Único de 3 Control y evaluación contables por cobrar a corto plazo, se identificó que, al cierre del 2.6 Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Ejercicio Fiscal 2022, la Entidad presentó un saldo por 2.6 miles de pesos, el cual no fue comprobado o reintegrado. Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México vigente. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 29 Informe de Resultados del Ejercicio Fiscal 2022 Auditoría de Legalidad (AL-142) Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios www.osfem.gob.mx Auditoría de Legalidad Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (AL-142) Planeación específica de la auditoría Con motivo de la fiscalización superior instruida por medio del Acuerdo 03/2023 “Por el que se emite el Programa Anual de Auditorías 2023 para la Criterios de Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2022”, selección de los temas los temas de la auditoría número AL-142, fueron seleccionados con base en auditados los siguientes criterios: regularidad y decencia, según lo establecido en el Manual de Implementación de las ISSAI, para la Auditoría de Cumplimiento, Versión 1, enero de 2022. Verificar el cumplimiento de las obligaciones en la elaboración, actualización y aprobación de los manuales de organización y procedimientos; así como las obligaciones establecidas a los Comités de Transparencia, la designación de los Titulares de las Unidades de información y de los servidores públicos habilitados; los recursos de revisión; las revisiones a la carga oportuna de las Objetivo de obligaciones de transparencia de los sujetos obligados y las denuncias la auditoría realizadas por la ciudadanía ante la falta de publicación de la misma en ejercicio de las atribuciones conferidas al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (ITAIPEMYM), conforme al marco legal y normativo aplicable, para fortalecer los procesos de transparencia, rendición de cuentas, combate a la corrupción y a la buena gobernanza. Alcance La auditoría se efectuó del 28 de abril al 31 de octubre del año en curso y comprendió el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, cuya revisión se integró por la fiscalización del cumplimiento de la aprobación y actualización de reglamentos, lineamientos, manuales de organización y de procedimientos necesarios para el funcionamiento del Instituto; de la elaboración y actualización del directorio de los Comités de Transparencia, de las Unidades de información y de los servidores públicos habilitados de los sujetos obligados; el establecimiento de los procedimientos para la verificación de las acciones realizadas por los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones; de las obligaciones y atribuciones del Comité de Transparencia del Instituto; los recursos de revisión interpuestos por los particulares en contra de las resoluciones de los sujetos obligados en el ámbito estatal; la publicación de la información derivada de las obligaciones de transparencia; la vigilancia de que las obligaciones de transparencia publicadas por los sujetos obligados cumplieran con los criterios establecidos y; el otorgamiento de la atención a las denuncias realizadas por la ciudadanía ante la falta de publicación de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados formalizados por la Entidad Fiscalizable relacionados con la administración, aplicación, uso y distribución de los recursos públicos en estricto cumplimiento con los programas, proyectos, procesos y procedimientos realizados en ejercicio de las atribuciones conferidas y conforme al marco legal y normativo aplicable. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 33Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Pleno; Dirección General Jurídica y de Verificación; y Áreas Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Gobierno fiscalizadas Abierto. Ejecución de la auditoría Procedimientos de auditoría aplicados 1. Verificar que el ITAIPEMYM elaboró el proyecto de tabla de aplicabilidad a través del cual documentó la relación de fracciones que le aplicaban y, en su caso, de forma fundada y motivada las que no, para la publicación de sus obligaciones de transparencia en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022, y que el mismo fue verificado y aprobado por el área competente, de conformidad a la normatividad aplicable. 2. Corroborar que el Instituto observó y cumplió con los criterios sustantivos de contenido y los criterios adjetivos de actualización, confiabilidad y formato, para la publicación de la información derivada de sus obligaciones de transparencia como Sujeto Obligado, de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos Técnicos aplicables. 3. Verificar que el Instituto utilizó por lo menos un medio de consulta alterno distinto al digital (radios comunitarias, carteles, volantes, periódicos murales, audiovisuales pedagógicos, mantas, folletos) para poner a disposición de los ciudadanos la información derivada de sus obligaciones de transparencia como sujeto obligado para su consulta, análisis, y uso garantizando así el derecho de acceso a la información a personas que no cuentan con acceso a Internet. 4. Verificar que el ITAIPEMYM garantizó condiciones de accesibilidad en su portal y enlaces web, principalmente a aquellas personas que forman parte de algún grupo vulnerable y con respecto a lo establecido en los “Criterios para que los Sujetos Obligados Garanticen Condiciones de Accesibilidad”. 5. Verificar que el Instituto aprobó y actualizó los manuales de procedimientos necesarios para el funcionamiento de sus unidades administrativas. 6. Corroborar que el Instituto en el ejercicio 2022 desarrolló e implementó procedimientos para verificar las acciones realizadas por los Sujetos Obligados para el cumplimiento de sus obligaciones enmarcadas en el artículo 24 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 fracción XXV de la misma normatividad. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 34 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM 7.Verificar que el ITAIPEMYM contó con un procedimiento para verificar las tablas de aplicabilidad de los Sujetos Obligados. 8.Verificar que el ITAIPEMYM contó con un procedimiento para llevar a cabo la actualización de la información contenida en el “Directorio de Titulares de las Unidades de los Sujetos Obligados 2022” y al “Directorio de Comités de Transparencia y Servidores Públicos Habilitados 2022”; asimismo, se haya realizado la debida actualización en cada uno de los apartados contenidos en los referidos documentos. 9.Corroborar que el Instituto contó con un procedimiento que le permitiera llevar un seguimiento eficiente a los programas de sistematización y actualización de la información de los Sujetos Obligados. 10.Corroborar que el Instituto realizó verificaciones oficiosas a los portales de internet de los sujetos obligados de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables. 11.Verificar que el Instituto desahogo el procedimiento respectivo ante las denuncias interpuestas por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables. 12.Verificar que el Instituto contó con un procedimiento documentado para realizar el recurso de revisión; asimismo corroborar que atendió, integró y desahogo cada una de las etapas del proceso Recurso de Revisión con apego a las disposiciones jurídicas aplicables, además que resolviera la posible afectación al derecho de acceso a la información pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables garantizando los principios de transparencia y acceso a la información. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 35Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Resultados de la auditoría En términos de lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, entregados los resultados preliminares, revisadas y analizadas las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los citados resultados, información que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) consideró en la elaboración del informe de auditoría; se describen a continuación los resultados finales y las recomendaciones acordadas con la Entidad Fiscalizada durante los actos de entrega de resultados preliminares y finales, y asentadas en cada una de las actas que dan constancia de ello. Resultados finales y acciones, previsiones y/o recomendaciones 1. Verificar que el ITAIPEMYM, cumplió con la publicación de la información derivada de las obligaciones de transparencia en el apartado de su portal web y en la Plataforma Nacional de Transparencia de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos Técnicos aplicables; así mismo, si contó con algún medio alternativo donde publicara la información derivada de las obligaciones y si generó condiciones de accesibilidad para integrantes de grupos vulnerables. Resultado final 1 Recomendación AL-142-R-1 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis y revisión a la Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore el proyecto de tabla documentación e información proporcionada durante el desarrollo de la de aplicabilidad para el Ejercicio Fiscal correspondiente; en el cual, se auditoría, el ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones conferidas en informe la relación de fracciones que le aplican y, en su caso, de forma los instrumentos legales, normativos y administrativos, no elaboró, ni fundamentada y motivada, las que no le son aplicables como Sujeto aprobó el proyecto de tabla de aplicabilidad que diera cuenta de las Obligado, contemplando la segregación de las fracciones y fracciones y secciones que le aplicaban y, en su caso, las que no. puntualizando en cada uno de los incisos si son aplicables o no de forma fundada y motivada. Posteriormente que se remita al área correspondiente del Instituto de Transparencia como Órgano Garante, para su aprobación y publicación, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 70, último párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 93 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, Anexo I, Último párrafo del artículo 70 de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. • Artículo 93 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Ordenamientos legales • Artículo 70 último párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. y disposiciones jurídicas aplicables • Capitulo IV, Anexo I, Último Párrafo del artículo 70 y transitorio sexto de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 36 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Resultado final 2 Recomendación AL-142-R-2 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis y revisión a la Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore e implemente un documentación e información proporcionada durante el desarrollo de la procedimiento de verificación al sistema de Información Pública de Oficio auditoría; el ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones conferidas en Mexiquense (IPOMEX) para constatar la compatibilidad del software con los instrumentos legales, normativos y administrativos, no publicó la diferentes sistemas operativos, navegadores web y dispositivos información relativa a las fracciones I, II, III, XX, XXI, XXIII, XXIV, XXV, utilizados por los usuarios para que le permitan identificar problemas de XXIX, XLVII y XLIX del artículo 92 de la Ley de Transparencia y Acceso compatibilidad y garantizar que el software funcione correctamente para a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en estricto todos, a fin de dar cumplimiento a los criterios sustantivos de contenido apego con los criterios sustantivos de contenido, los criterios adjetivos para la publicación de las obligaciones de transparencia establecidos en de actualización y/o los criterios adjetivos de confiabilidad. los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Recomendación AL-142-R-3 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore e implemente un formato de control para verificar que la información publicada en IPOMEX sea debidamente cargada en la Plataforma Nacional de Transparencia y en caso contrario realice las gestiones pertinentes de manera que se asegure de que la información esté disponible en ambos sistemas. Recomendación AL-142-R-4 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore e implemente un procedimiento de supervisión mediante el cual se asegure que los administradores de fracciones publiquen las últimas versiones de los documentos que integran al marco jurídico y normativo aplicable al Instituto, que se cumplen con los periodos de actualización específicos para cada caso en concreto y que se encuentre completa; así como, el apartado del área responsable que genera, posee , publica y/o actualiza la información sea correcto, a fin de dar cumplimiento a los criterios adjetivos de actualización y confiabilidad para la publicación de las obligaciones de transparencia establecidos en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Ordenamientos legales •Capítulo II numeral quinto y numeral sexto de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las y disposiciones obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben jurídicas aplicables de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 37Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Resultado final 3 Recomendación AL-142-R-5 Para el ejercicio fiscal 2022, derivado del análisis, comparación y revisión Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente utilice al menos un medio a la documentación e información proporcionada durante el desarrollo alternativo diferente al digital (radios comunitarias, carteles, volantes, de la auditoría, el ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones periódicos murales, audiovisuales pedagógicos, mantas, folletos) para la conferidas en los instrumentos legales, normativos y administrativos no publicación de sus obligaciones de transparencia de acuerdo a su contó por lo menos con un medio alternativo (radios comunitarias, capacidad técnica y presupuestal de manera que permita que la carteles, volantes, periódicos murales, audiovisuales pedagógicos, información llegue a más usuarios garantizando el uso de la información mantas, folletos.) diferente al digital el cual no requiera del uso del a las personas que no cuentan con acceso a internet, a fin de dar internet y que permitiera a particulares consultar, analizar y usar la cumplimiento a lo establecido en el Capítulo II numeral cuarto fracción II, información derivada de las obligaciones de transparencia como sujeto numeral décimo fracción V; y numeral décimo segundo fracción IV de los obligado. Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Ordenamientos legales • Capítulo II numeral cuarto fracción II, numeral décimo fracción V y numeral décimo segundo fracción IV de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, y disposiciones homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de jurídicas aplicables Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Resultado final 4 Recomendación AL-142-R-6 Para el ejercicio fiscal 2022, derivado del análisis, comparación y revisión Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente establezca, autorice e a la documentación e información proporcionada durante el desarrollo implemente políticas y programas tendientes a garantizar la de la auditoría el ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones accesibilidad de la información en la máxima medida posible; promuevan conferidas en los instrumentos legales, normativos y administrativos, no la generación de expedientes electrónicos y faciliten el acceso y contó con un portal web accesible que facilitara el acceso y uso de la búsqueda de la información a personas con discapacidad, a fín de dar información y servicios disponibles a todas las personas; toda vez que, cumplimiento a lo establecido en el apartado Décimo segundo, fracción los elementos con los que contó no fueron suficientes para que los II de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, particulares pertenecientes a grupos vulnerables (pueblo indígena, homologación y estandarización de la información de las obligaciones afrodescendientes, personas con discapacidad, mujeres, niños, niñas, establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la adolescentes, personas adultas mayores y migrantes) ejercieran de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que manera independiente y sin obstáculo alguno el derecho humano al deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en acceso a la información en igualdad de condiciones y sin discriminación la Plataforma Nacional de Transparencia. alguna. Recomendación AL-142-R-7 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente a través de la Unidad de Transparencia evalué el grado de accesibilidad de los portales de internet a través de la revisión de los estándares de accesibilidad de internet, entendiéndose estos como las características básicas que debe satisfacer un portal web para que se considere accesible tomando como base los estándares internacionales a través de la iniciativa para la accesibilidad web (Web Accessibility Initiative (WAI)) desarrolladas por el World Wide Web Consortium (W3C) y; la realización de una prueba para identificar los elementos de diseño y contenido que carezcan de diseño y accesibilidad a fin de que se adecue o se desarrollen aquellos que restrinjan la accesibilidad, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el capítulo II, apartado cuarto, fracción VI de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 38 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-8 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente a través de la Unidad de Transparencia elabore e implemente un programa de capacitación al personal responsable de la programación, diseño, administración y generación de contenidos tanto en el uso de los estándares internacionales de accesibilidad en internet como de las herramientas desarrolladas para tal fin; realice pruebas de manera periódica para corroborar si los contenidos o documentos del portal web son accesibles; establezca mecanismos dirigidos a verificar la accesibilidad de los sitios web mediante la recopilación de las opiniones, comentarios o sugerencias de los usuarios y usuarias con preguntas específicas sobre la experiencia de accesibilidad del usuario, integrando temas como: la facilidad de navegación, legibilidad de contenido, compatibilidad con tecnología de asistencias y otros que se consideren relativos al tema de accesibilidad y; busque en la medida de sus posibilidades celebrar convenios de colaboración o contar con asesorías para el desarrollo de su portal web accesible, a fin de dar cumplimiento al Numeral cuarto, fracción VI, inciso c) Criterios para que los Sujetos Obligados garanticen las condiciones de accesibilidad a fin de que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, sus derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales. •Artículos 24 fracción XVI y 36, fracción XXXVII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. •Artículo 3 fracción I de la Ley para la Inclusión de las Personas en Situación de Discapacidad del Estado de México. •Artículo 25, fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. •Numeral décimo segundo fracción II de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las Ordenamientos legales obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben y disposiciones de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. jurídicas aplicables •Numeral primero del acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-04. •Numerales primero, segundo fracciones I, VII, X, XI, XV, XVII, XVIII, tercero y cuarto fracción VI incisos a), b), c), d), e) y f) del anexo del acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-04. •Numerales primero; segundo fracciones I, VII, IX, X, XII, XIV, XV y XVII, tercero y quinto fracción VII del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, aprueba los Criterios para que los Sujetos Obligados garanticen las condiciones de accesibilidad a fin de que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, sus derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales. 2.Corroborar que el ITAIPEMYM contó con manuales de operación y procedimientos necesarios para el funcionamiento de cada una de las unidades administrativas; así como si estableció procedimientos para verificar las acciones realizadas por los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones (Tablas de aplicabilidad, Directorios de Titulares de las Unidades de Transparencia y de los Comités de Transparencia y de los Servidores Públicos Habilitados y a los Programas Anuales de Sistematización y Actualización de la Información (PASAI). Resultado final 5 Recomendación AL-142-R-9 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, su ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de normativos y administrativos, no elaboró los Manuales de Procedimientos en la que se establezcan las bases para la elaboración Procedimientos de las áreas administrativas que integran la estructura de los manuales, así como los aspectos referentes a su integración, orgánica de la Entidad en los que se detallan las operaciones o tareas diseño, redacción, metodología a seguir y los tiempos o causas por las que realizan de manera secuencial y cronológica, cabe señalar que la cuales deberán actualizarse, buscando que a través de ella se Entidad Fiscalizada no contó con una Guía Técnica para la Elaboración establezca el nivel de detalle necesario con el deben documentarse los de Manuales de Procedimientos propia. procedimientos con los que se pretende alcanzar el cumplimiento de las responsabilidades generales y específicas de cada Unidad Administrativa y servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en los procedimientos, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 39Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-10 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos del Pleno en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-11 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Secretaría Técnica del Pleno en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 40 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-12 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos del ahora denominado Órgano Interno de Control en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-13 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Capacitación y Certificación en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 41Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-14 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Informática en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-15 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General Jurídica y de Verificación en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 42 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-16 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Protección de Datos Personales en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-17 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Gobierno Abierto en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 43Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-18 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Administración y Finanzas en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-19 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Transparencia en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 44 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-20 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Comunicación en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-21 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Investigación en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 45Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-22 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Vinculación en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-23 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 46 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-24 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Asesores en el que se documenten en forma ordenada y sistemática los procedimientos esenciales que deben seguirse para el cumplimiento de las atribuciones encomendadas en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y en cada uno se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-25 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente actualice, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de la Dirección de Archivo y Gestión Documental a fin de ajustarse y responder a los cambios realizados en la estructura orgánica del Instituto y a lo establecido en su nueva Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos y dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Ordenamientos legales •Artículo 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones •Artículos 9 fracción XVIII Y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Y Protección de Datos Personales jurídicas aplicables del Estado de México y Municipios. Resultado final 6 Recomendación AL-142-R-26 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore un estudio en el que proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; se presume que el analice e identifique, las atribuciones, objetivos o funciones de las ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones conferidas en los Unidades Administrativas establecidas en el Reglamento Interior y en el instrumentos legales, normativos y administrativos, no estableció Manual General de Organización del Instituto con las que se alinean o procedimientos documentados para vigilar el cumplimiento, por parte de relacionan o contribuyen al cumplimiento de cada una de las los sujetos obligados, respecto a las obligaciones descritas en las obligaciones de los sujetos obligados enlistadas en el artículo 24 de la fracciones I, II, VIII, XV, XVI, XVIII, XX y XXIV, así como no elaboró y Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de ejecutó procedimientos para verificar que cumplieran con los deberes México y Municipios, de manera que segregue y asigne a la o las establecidos en las fracciones III, IV, V, VI, VII, IX, XI, XVII, XXI, XXII y Unidades Administrativas correspondientes la responsabilidad XXIII todas las anteriores del artículo 24 de la Ley de Transparencia y especifica de diseñar y ejecutar los procedimientos para la verificación Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. de las acciones realizadas por los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones, de manera que se permita de forma clara y sencilla evaluar y responsabilizar al personal del Instituto por el desempeño de su cargo y por el cumplimiento de sus obligaciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracciones XIX y XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVIII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 47Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-27 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe, integre en el Manual de Procedimientos de la Unidad Administrativa correspondiente y posteriormente ejecute los procedimientos para la verificación de las acciones realizadas por los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia enlistadas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XI, XV, XVI, XVII, XVIII, XX y XXI, XXII, XXIII y XXIV del artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en donde se identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, de manera que se asegure de que la documentación esté disponible en todo momento para su revisión y que la misma permita de forma clara y sencilla evaluar y responsabilizar al personal del Instituto por el desempeño de su cargo y por el cumplimiento de sus obligaciones, se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones y al mismo tiempo se contribuya a que los sujetos obligados fomenten, promuevan, respeten y garanticen el derecho de transparencia y acceso a la información pública de los ciudadanos, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracciones XIX y XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-28 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe e implemente un formato de control interno integrado en el procedimiento respectivo para verificar y supervisar el desarrollo de cada uno de los procedimientos elaborados para la vigilancia a las obligaciones de transparencia de los Sujetos Obligados de manera que se mitiguen los riesgos de error o de incumplimiento a las responsabilidades específicas. Ordenamientos legales • Artículo 36 fracciones XIX y XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Artículo 9 fracción XVIII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de jurídicas aplicables México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 48 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Resultado final 7 Recomendación AL-142-R-29 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, implemente e proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el integre en el Manual de Procedimientos de la Unidad Administrativa ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, competente el procedimiento documentado para la ejecución y normativos y administrativos, no contó con un proceso para verificar los verificación del “proyecto de tabla de aplicabilidad” de los Sujetos proyectos de las Tablas de aplicabilidad de los diferentes sujetos Obligados, en el cual se incluya la sucesión secuencial y cronológica de obligados. todas aquellas operaciones relacionadas entres si, de manera específica y detallada de las actividades realizadas; asimismo, se identifiquen las personas, tiempos, tareas, recursos, y flujos de información empleados en el desarrollo del trabajo administrativo y el cual contenga los aspectos siguientes: nombre del procedimiento, objetivo, alcance, referencias, responsabilidades, definiciones, insumos, resultados, interacción con otros procedimientos, políticas, desarrollo, diagramación, medición y formatos e instructivos para que se cumpla con el objetivo de brindar una guía clara y detallada sobre cómo llevar a cabo las diferentes actividades y tareas de manera estandarizada, eficiente y controlada a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 70, Último párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 93 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y Capítulo IV, Anexo 1, Último párrafo del artículo 70 de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. •Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ordenamientos legales •Artículo 93 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones jurídicas aplicables •Capítulo IV, Anexo 1, Último párrafo del artículo 70 de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Resultado final 8 Recomendación AL-142-R-30 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente integre en el Manual de proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el Procedimientos del Instituto correspondiente un procedimiento definido ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, y delimitado para implementar la actualización de los Directorios de normativos y administrativos, no estableció un procedimiento definido y Titulares de las Unidades de los Sujetos Obligados (designación en las delimitado para la actualización del Directorio de Titulares de las Unidades de Transparencia a los Titulares de Transparencia de los Unidades de los Sujetos Obligados y del Directorio de Comités de Sujetos Obligados) y de los Comités de Transparencia y Servidores Transparencia y Servidores Públicos Habilitados del 2022 en el que se Públicos Habilitados (Constitución del Comité de Transparencia), en el establecieran pasos, controles y criterios tomando en cuenta una cual se incluya la sucesión secuencial y cronológica de todas aquellas sucesión cronológica de operaciones relacionadas entre sí con reglas y operaciones relacionadas entres si, de manera específica y detallada de pautas sobre como debió de ejecutarse el proceso para la obtención de las actividades realizadas; asimismo, se identifiquen las personas, un resultado óptimo, de calidad y eficiente. Además, que hubiese servido tiempos, tareas, recursos, y flujos de información empleados en el como un documento de referencia para resolver las dudas generadas, desarrollo del trabajo administrativo y el cual contenga los aspectos que hubiese favorecido al control interno específicamente para identificar siguientes: nombre del procedimiento, objetivo, alcance, referencias, las irregularidades y evitar se produjeran las fallas o inconsistencias responsabilidades, definiciones, insumos, resultados, interacción con descritas, los actuantes y las responsabilidades delimitadas (quien otros procedimientos, políticas, desarrollo, diagramación, medición y elaboró, quien lo llevó a cabo, quien lo revisó, quien lo autorizó) formatos e instructivos para que se cumpla con el objetivo de brindar una fungiendo como un antecedente al desempeño. Adicionalmente, para guía clara y detallada sobre cómo llevar a cabo las diferentes actividades estos procesos no se describió la finalidad y el propósito de haberlo y tareas de manera estandarizada, eficiente y controlada (integración de realizado. actividades de la misma manera; con los mismos pasos, los mismos controles y los mismos criterios), a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 24, fracciones I y II, y 36, fracción XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 49Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-31 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente actualice los Directorios de los Titulares de las Unidades, Comités de Transparencia y de los Servidores Públicos Habilitados, incorporando en cada uno de los directorios: • Temporalidad de la actualización de los datos en alguno de los campos de los directorios; es decir, se observe la fecha de la última actualización realizada. • El nombre de el o los responsables de elaborarlo, revisarlo y aprobarlo. • La finalidad y el propósito de llevar a cabo la elaboración del directorio de Titulares de las Unidades de los Sujetos Obligados como el de los Comités de Transparencia y Servidores Públicos Habilitados. • Descripción breve de cada uno de los apartados. Además de que se elabore, apruebe e informe un formato de control que asegure y supervise se llevé a cabo la actualización (establecimiento de formularios o formatos de actualización de datos) al contenido en cada uno de los campos que integran tanto el Directorio de Titulares de las Unidades de los Sujetos Obligados como el de los Comités de Transparencia y Servidores Públicos Habilitados, cuya finalidad sea la de mitigar errores en la información capturada, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Ordenamientos legales • Artículos 24, fracciones I y II; 36 fracción XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Artículo 25 fracción IV del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de jurídicas aplicables México y Municipios. Resultado final 9 Recomendación AL-142-R-32 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe, integre en el Manual proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el de Procedimientos de la Unidad Administrativa correspondiente y ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, posteriormente ejecute el procedimiento diseñado para el seguimiento al normativos y administrativos, no estableció un procedimiento definido y programa de sistematización y actualización de la información, que delimitado para el seguimiento de los Programas de Sistematización y deben remitir los Sujetos Obligados dentro de los primeros veinte días Actualización de la Información de los sujetos obligados en el que se de cada año, en donde se identifique el objetivo y alcance, los insumos, establecieran y estandarizaran las actividades de la misma manera; con los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente los mismos pasos, los mismos controles y los mismos criterios tomando en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y en cuenta una sucesión cronológica de operaciones relacionadas entre documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos sí con reglas y pautas sobre como debió de ejecutarse el proceso para de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los la obtención de un resultado óptimo, de calidad y eficiente. Además, que resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto hubiese permitido servir como un documento de referencia para resolver en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de las dudas generadas, que hubiese favorecido al control interno Procedimientos, de manera que se asegure de que la documentación específicamente para identificar las irregularidades y evitar se esté disponible en todo momento para su revisión y que la misma permita produjeran las fallas o inconsistencias descritas, los actuantes y las de forma clara y sencilla evaluar y responsabilizar al personal del responsabilidades delimitadas (quien elaboró, quien lo llevó a cabo, Instituto por el desempeño de su cargo y por el cumplimiento de sus quien lo revisó, quien lo autorizó) fungiendo como un antecedente al obligaciones, se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos desempeño. de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones y al mismo tiempo se contribuya a que los sujetos obligados fomenten, promuevan, respeten y garanticen el derecho de transparencia y acceso a la información pública de los ciudadanos, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracciones XIX y XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVIII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 50 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-33 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe e implemente mecanismos de seguimiento y revisión al desarrollo del procedimiento para la solicitud del Programa Anual de Sistematización y Actualización de la Información de los Sujetos Obligados de manera que se mitiguen los riesgos de error o de incumplimiento a las responsabilidades específicas. Ordenamientos legales •Artículo 36 fracción XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones •Artículo 25 fracción XIII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de jurídicas aplicables México y Municipios. 3.Comprobar que el Instituto verificó que los sujetos obligados cumplieran con la publicación y actualización de la información derivada de sus obligaciones de transparencia enmarcadas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones, en portales de internet o en la Plataforma Nacional de Transparencia. Resultado final 10 Recomendación AL-142-R-34 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe y elabore un formato proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el de control interno para la revisión de la documentación emitida, a fin de ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, asegurar que contiene los datos correctos en cuanto a nombres de normativos y administrativos, no desarrolló el procedimiento de sujetos obligados, folios de verificación, fechas de inicio y término y que verificación virtual oficiosa a las verificaciones números 2, 5, 10, 11, 12, no se omita el llenado de ninguno de los apartados en los múltiples 14, 23, 24, 25, 27, 30, 36, 44, 52, 60, 61, 64, 70, 71, 75, 79, 93, 98, 101, documentos emitidos; para asegurar la integridad de los expedientes 103, 108, 115, 157, 165, 195, 219, 247, 309 y 324, toda vez que en 1 electrónicos generados de la ejecución de las verificaciones virtuales caso no se levantó el acta de suspensión al no concluirse la verificación oficiosas; de forma que los anteriores sirvan como medio de supervisión el mismo día, en 1 caso no se notificó el dictamen de verificación dentro para erradicar errores en los documentos y resultados derivados de las del plazo establecido, en 1 caso no se notificó el acuerdo de verificaciones realizadas y se cuente con un control eficaz, a fin de dar cumplimiento emitido en la segunda fase dentro del término, en 1 caso cumplimiento a lo establecido en el numeral vigésimo segundo, fracción no se notificó el acuerdo de incumplimiento emitido en la tercera fase VI y VII de los Lineamientos para la verificación virtual oficiosa y por dentro del tiempo dispuesto, en 1 caso no se notificó al sujeto obligado denuncia a los portales de internet de las obligaciones de Transparencia el acuerdo de cumplimiento emitido en la segunda fase, en 1 caso no se de los Sujetos Obligados o de la Plataforma Nacional de Transparencia notificó al sujeto obligado el acuerdo de incumplimiento emitido en la y artículo 110 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información tercera fase, en 14 casos se calificó el desempeño en cumplimiento de Pública del Estado de México y Municipios. las obligaciones de transparencia con un 100%, sin embargo, los sujetos obligados no contaban con alguno de los accesos o con la leyenda del procedimiento de denuncia, en 6 no se asentó en el dictamen de verificación si el portal de internet institucional del sujeto obligado contó Recomendación AL-142-R-35 con el vínculo al sitio en el que se encontró la información y/o la leyenda del procedimiento de denuncia y en 17 casos se calificó erróneamente Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente actualice y publique los el informe sobre el cumplimiento de los sujetos obligados. “Lineamientos para la Verificación Virtual Oficiosa y por denuncia a los portales de internet de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados o de la Plataforma Nacional de Transparencia” de forma que se ajusten y respondan a los cambios realizados a la normatividad interna del Instituto (Reglamento Interior y Manual General de Organización); se establezcan mejoras al formato del informe de cumplimiento y se precisen los criterios para su calificación; se incluya la obligación de revisar que la página de internet institucional de los sujetos obligados cuente con los vínculos de acceso directo a las obligaciones de transparencia y cuente con la leyenda visible del procedimiento de denuncia ciudadana por el incumplimiento en la publicación de las mismas y así mismo se requiera a los sujetos obligados que no cuentan con ellos que subsanen dicha falta, a fin de ser acreedores de una calificación del 100% en materia de transparencia; se concluyan las verificaciones por denuncia pendientes del ejercicio 2022 y se regule el procedimiento a seguir de inicio a fin para las verificaciones virtuales oficiosas y por denuncia realizadas a partir de enero del 2023 y que no han sido concluidas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 9 fracción XVII y 23 fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. publicado el 14 de marzo de 2023 en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” y 107, 110 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. •Artículos 79 y 107 segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Ordenamientos legales •Lineamientos para la verificación virtual oficiosa y por denuncia a los portales de internet de las obligaciones de transparencia de los Sujetos Obligados o de la y disposiciones Plataforma Nacional de Transparencia. jurídicas aplicables •Numerales cuarto fracción IV y décimo primero fracción VI de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 51Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-36 Resultado final 11 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis a la información Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente realice las adecuaciones proporcionada durante el desarrollo de la auditoria; el ITAIPEMYM en el necesarias en el sistema de registro de denuncias de manera que lo ejercicio de las atribuciones conferidas en los instrumentos legales, primero que vea el usuario sea información clara, especifica y normativos y administrativos, no desarrolló el procedimiento de comprensible a cerca de la finalidad del sistema, aunado a lo anterior, verificación virtual por denuncia en 90 de los 110 casos revisados, toda modifique el formato de denuncia presentado de modo que se instruya vez que, en 51 no se notificó la admisión de la denuncia dentro del plazo, al usuario para que especifique el artículo, sección, inciso, periodo y en 37 no se resolvió la denuncia dentro del tiempo señalado, en 59 no ejercicio en el que se no se publicó información, lo anterior para contribuir se notificó la resolución dentro del término, en 15 no se notificó el a la disminución de denuncias realizadas por la población que no sean acuerdo de cumplimiento emitido de la segunda revisión dentro del en materia de publicación de obligaciones de transparencia y a aumentar plazo, en 8 no se notificó el acuerdo de cumplimiento emitido de la la cantidad de denuncias que cuenten con el detalle necesario sobre el tercera verificación dentro del plazo establecido y en 2 no se notificó a la incumplimiento para ser admitidas y concluidas en los tiempos Contraloría Interna el incumplimiento a algún requerimiento hecho por el establecidos, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos Instituto; asimismo, 3 no han sido remitidos a falta de actualización. 118 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 23 fracción XIX del Reglamento Interior del ITAIPEMYMpublicado el 14 de marzo de 2023 en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”. Recomendación AL-142-R-37 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente evalué las cargas de trabajo de las diferentes áreas y unidades administrativas que lo integran e identifique si el personal con el que cuenta esta distribuido de manera correcta de acuerdo a las necesidades de cada una, lo que garantice el cumplimiento de las responsabilidades, obligaciones y atribuciones encomendadas en los diferentes instrumentos normativos aplicables, y en su caso, equilibre las presiones excesivas localizadas a través de la redistribución adecuada de los recursos humanos con los que cuenta con el objetivo de alcanzar los objetivos institucionales y respetar los principios de eficiencia, economía y celeridad con los que debe regirse el servicio público, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 110, 118, 119 y 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de México y Municipios. Ordenamientos legales • Artículos 118 primer párrafo y 119 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Numerales vigésimo sexto fracciones II, IV primer párrafo, VI, VIII párrafo primero, IX segundo y tercer párrafos, X y XI de los Lineamientos para la verificación jurídicas aplicables virtual oficiosa y por denuncia a los portales de internet de las obligaciones de transparencia de los Sujetos Obligados o de la Plataforma Nacional de Transparencia. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 52 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM 4. Corroborar que el ITAIPEMYM contó con un proceso para la resolución de los recursos de revisión; asimismo verificar haya realizado el desahogó e integración a los medios de impugnación denominados recursos de revisión con apego a las disposiciones jurídicas aplicables y que se garantizaran los principios de transparencia y acceso a la información, las garantías de legalidad y de seguridad jurídica además que los recurrentes hayan contado con la certeza de que se les otorgo la debida atención causada por el agravio relacionada con su derecho de acceso a la información. Resultado final 12 Recomendación AL-142-R-38 Para el Ejercicio Fiscal 2022, derivado del análisis y revisión a la Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente implemente en el acuse de documentación e información proporcionada durante el desarrollo solicitud de información el apartado de derecho y plazo para promover el de la auditoría; el ITAIPEMYM en el ejercicio de las atribuciones recurso de revisión, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos conferidas en los instrumentos legales, normativos y 36 fracción XXV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información administrativos, no contó con un procedimiento documentado para Pública del Estado de México y Municipios. el desarrollo del recurso de revisión en el que se establecieran y estandarizaran las actividades de la misma manera; con los mismos pasos, los mismos controles y los mismos criterios tomando en cuenta una sucesión cronológica de operaciones relacionadas entre sí para la obtención de un resultado óptimo, de calidad y eficiente. Además, que hubiese permitido servir como un documento de referencia para resolver las dudas generadas, que hubiese favorecido al control interno específicamente para identificar las irregularidades y evitar se produjeran las fallas o inconsistencias Recomendación AL-142-R-39 descritas, los actuantes y las responsabilidades delimitadas (quien elaboró, quien lo llevó a cabo, quien lo revisó, quien lo autorizó) fungiendo como un antecedente al desempeño. Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique en su página oficial y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Manual de Procedimientos de las Ponencias del Instituto en el que se documenten en forma ordenada y sistemática el procedimiento esencial relacionado con el trámite y sustanciación de los recursos de revisión para el cumplimiento de la atribución encomendada en el Manual General de Organización y en el Reglamento Interior del Instituto y que identifique el objetivo y alcance, los insumos, los servidores públicos que ejecutan o intervienen parcial o totalmente en el procedimiento, las políticas o lineamientos, los formatos y documentos que se usan en su desarrollo y en su caso, los instructivos de llenado, la descripción de las actividades, el diagrama de flujo, los resultados que se obtienen, y demás aspectos que considere el Instituto en la Guía Técnica para la Elaboración y Actualización de Manuales de Procedimientos, dicho manual servirá como elemento fundamental para la coordinación, dirección, evaluación y control administrativo asegurando, de manera razonable, que los objetivos institucionales serán alcanzados de manera eficaz, eficiente y económica; que se brinde información confiable y de calidad; que se cumpla con las disposiciones jurídicas y normativas aplicables; y que se prevengan, disuadan, detecten o reduzcan los riesgos de error, mal uso, abuso, desperdicio, entre otras irregularidades a través de la segregación efectiva de atribuciones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, 9 fracción XVII y 18 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-40 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente elabore, apruebe y publique una guía de uso de la plataforma SAIMEX en la que se observe la descripción del uso para el público en general como para los miembros de los sujetos obligados e integrantes del Instituto para un correcto uso e integración de la documentación que en ella se contiene, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y 9 fracción XVII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 53Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-41 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente establezca un apartado en los acuerdos de acumulación, una redacción clara y precisa en la cual se explique el tratamiento de las actuaciones en aquellos que forman parte de un recurso de revisión acumulado, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos, 195 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, 18 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y 9, fracciones XXIII y XXIV del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-42 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente, genere bases de seguimiento efectivas establecidas mediante mecánicas de trabajo internas para evitar el rezago en la emisión de acuerdos de cumplimiento e incumplimiento, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 176 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-43 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente, establezca en los cuerpos de los acuerdos de cumplimiento/incumplimiento el señalamiento respectivo del cumplimiento de los sujetos obligados a la remisión del informe del cumplimiento a la resolución emitida por el Instituto en el plazo establecido, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-44 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente diseñe y elabore un formato de supervisión para la revisión de la documentación emitida, a fin de asegurar que contiene los datos correctos en cuanto a nombres de sujetos obligados, folios y que no se omita el llenado de ninguno de los apartados en los múltiples documentos emitidos; para asegurar la integridad de los expedientes electrónicos generados de la ejecución de los recursos de revisión; de forma que los anteriores sirvan como medio de supervisión para erradicar errores en los documentos y resultados derivados del desahogo del procedimiento y se cuente con un control eficaz, a fin de dar cumplimiento 8, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 5, párrafo trigésimo segundo, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 54 Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Recomendación AL-142-R-45 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente, establezca un apartado en el cuerpo del “acuerdo de cumplimiento/incumplimiento extemporáneo” donde se señale de manera específica que la entrega de la información fue fuera del plazo determinado, además de integrar una base de registro de los sujetos obligados que acataron la resolución de manera extemporánea para que se tome en consideración como atenuante al imponer la sanción administrativa o penal que llegue a corresponder, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 201 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Recomendación AL-142-R-46 Para que el ITAIPEMYM en lo subsecuente, elabore y publique la totalidad de las resoluciones en su versión publica de manera accesible y transparente que permita a los particulares consultar las resoluciones emitidas por el pleno del Instituto; así como, un mecanismos de seguimiento para asegurar la publicación de todas las resoluciones en su versión publica, a fin de dar cumplimiento al artículo 14, fracción XVII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. •Artículo 6 apartado A, fracciones I, IV y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. •Artículos 8, fracciones II, VI y IX; y 42, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. •Artículo 5 párrafos trigésimo, trigésimo primero y trigésimo segundo fracciones I, IV y VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Ordenamientos legales •Artículos 2 fracciones II y IV, 3 fracción XV, 11, 24 fracción XI, 36, fracción II y XXV, 176, 177, 178, 181, 185 fracciones II, VI y VIII, 186, 189, 190, 195, 200 y 201 y disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. jurídicas aplicables •Artículo 18 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. •Artículo 9, fracciones XXIV y XXV, 14, fracción XVII, 19, fracción XXVII del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. •Artículo 71 de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno y las Comisiones del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 55Auditoría de Legalidad. ITAIPEMYM Resumen De la ejecución de la auditoría de legalidad, se determinaron: Clasificación de las recomendaciones Resultados Recomendaciones 61.1% Actividades de Control finales 34.7% Información y Comunicación 2.8% Supervisión 12 46 1.4% Ambiente de Control Clasificación de las acciones y previsiones Acciones y previsiones La Entidad Fiscalizable no tiene observaciones en etapa de aclaración en la Unidad de Seguimiento. 0 Comportamiento de la El Titular de la Entidad Fiscalizada recibió los resultados preliminares con oficio Entidad Fiscalizada OSFEM/AEDL/DAL/501/2023 de fecha de acuse 6 de octubre de 2023, emitido por la respecto a los Auditoría Especial de Desempeño y Legalidad. Al respecto, la Entidad Fiscalizada por medio del similar INFOEM/DGAF/739/2023, con fecha de acuse 16 de octubre de 2023, resultados entregó las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia de presentados eliminar, rectificar o ratificar los resultados preliminares. La documentación proporcionada por la Entidad para atender y justificar los resultados Comentarios de la preliminares fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar dichos resultados. Esta información fue considerada por el Órgano Superior en la Entidad Fiscalizada elaboración del informe de auditoría, al igual que las diversas manifestaciones y oficios que la Entidad emitió durante el proceso de ejecución de la presente auditoría, de lo cual quedó constancia íntegra en las actas circunstanciadas de entrega de resultados preliminares y finales, contenidas en el expediente de auditoría. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 56