Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Entidades Estatales Tomo I. Poderes Volumen 2.2. Programas Sociales del Poder Ejecutivo Familias Fuertes Canasta EDOMÉX www.osfem.gob.mxwww.osfem.gob.mx Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Oficinascentrales:CalleMarianoMatamorosNo.106, DelegaciónCentroHistórico,col.Centro,Toluca,Estadode México,C.P.50000. Documentoelectrónico;sideseaimprimirlo,seleccionelaescala personalizadaal98%paraunamejorimagendesalida. Eviteimprimirsinoesestrictamentenecesario.Cuidemosel medioambiente. Para la adecuada lectura del Informe de Resultados, se añaden las siguientes precisiones: •La Entidad es responsable de la preparación y presentación de la información contable, financiera, presupuestaria, programática y administrativa de la cuenta pública y de la información adicional requerida para la realización de revisiones y auditorías; asimismo, es responsable de que la información que presente sea confiable, comparable y veraz. •En cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la información contable y financiera de las Entidades debe sujetarse a criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, así como a los atributos de oportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de predicción e importancia relativa al registrarse en términos del Manual Único de Contabilidad Gubernamental aplicable. •Las gráficas, tablas e infografías (excepto cuando se indique otra fuente) fueron elaboradas por el OSFEM, con base en la cuenta pública de las Entidades; así como en la información adicional requerida. •Las cifras están expresadas en miles de pesos, excepto en donde se indique que lo están en pesos. •Las cifras pueden presentar diferencias en los siguientes casos: 1) por la conversión a miles de pesos, 2) debido al redondeo aplicado, 3) por errores en operaciones aritméticas de las Entidades y 4) por omisiones de información de las Entidades. •Debido a que las cifras porcentuales están expresadas con redondeo, aquellas que estén a un decimal y cuyo valor sea menor a 0.05 por ciento se pueden ver reflejadas en el Informe como 0.0 por ciento; del mismo modo, los porcentajes en números enteros con valor menor a 0.5 por ciento se pueden ver reflejados como 0 por ciento. •En los resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, las diferencias resultantes de la comparación de cifras entre dos o más fuentes de información están registradas en valores absolutos (lo que significa que se presenta el valor numérico, sin tener en cuenta su signo, ya sea positivo o negativo). •Cuando la Entidad no presentó información para el procedimiento aplicado en la Revisión de la Cuenta Pública, en lugar de series de datos, aparecen espacios en blanco en las gráficas, o guiones en vez de cifras en el caso de las infografías y tablas; lo anterior puede suceder: 1) cuando la Entidad tenía la obligación de presentar la información, en este caso el incumplimiento se señala en las notas o en los cuadros de inconsistencias de la gráfica o infografía correspondiente; y 2) cuando la omisión de información se debe a que el procedimiento o elemento revisado no aplica o no es obligatorio para la Entidad. •En la Revisión de la Cuenta Pública, cuando el resultado es menor a una unidad, se toma en cuenta la importancia relativa del procedimiento aplicado para determinar la representación de la información. •Los procedimientos de la Revisión de la Cuenta Pública se realizan tanto a nivel de programa presupuestario como de proyecto; mientras que en las tablas denominadas “Cuadro resumen de la etapa”, la información se presenta a nivel de programa presupuestario. •Los objetivos de los procedimientos de la Revisión de la Cuenta Pública especifican si se revisa la información para identificar el cumplimiento de la normatividad o para determinar la congruencia de los importes registrados por la Entidad. •En la Revisión de la Cuenta Pública pueden aparecer ceros en gráficas, tablas e infografías como resultado de operaciones aritméticas realizadas. •El significado de las siglas y acrónimos puede ser consultado en el glosario. Para la adecuada lectura del Informe de Resultados, se muestran los siguientes ejemplos de conversión de cifras de miles de pesos a pesos: Miles de pesos Pesos Un mil pesos 1.0 1,000.00 Mil pesos Diez miles de pesos 10.0 10,000.00 Diez mil pesos Cien miles de pesos 100.0 100,000.00 Cien mil pesos Mil miles de pesos 1,000.0 1,000,000.00 Un millón de pesos Diez mil miles de pesos 10,000.0 10,000,000.00 Diez millones de pesos Cien mil miles de pesos 100,000.0 100,000,000.00 Cien millones de pesos Un millón de miles de pesos 1,000,000.0 1,100,000,000.00 Mil millones de pesos Informe de Resultados Ejercicio Fiscal 2022 Tomo I Poderes Volumen 2.2 Programas Sociales del Poder Ejecutivo Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Contenido Auditoría de Legalidad 7 Auditoría de Desempeño 15 Informe de Resultados del Ejercicio Fiscal 2022 Auditoría de Legalidad (AL-136) Familias Fuertes Canasta EDOMÉX www.osfem.gob.mx Auditoría de Legalidad Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX (AL-136) Planeación específica de la auditoría Con motivo de la fiscalización superior instruida por medio del Acuerdo 03/2023 “Por el que se emite el Programa Anual de Auditorías 2023 para la Criterios de Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2022”, selección de los los temas de la auditoría número AL-136, fueron seleccionados con base en temas los siguientes criterios: regularidad y decencia, según lo establecido en el auditados Manual de Implementación de las ISSAI, para la Auditoría de Cumplimiento, Versión 1, enero de 2022. Verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los instrumentos legales y normativos del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, en el ejercicio de las atribuciones conferidas y conforme al marco legal y normativo aplicable a la Secretaría de Desarrollo Social a través de las instancias participantes, para fortalecer Objetivo de los procesos de transparencia, rendición de cuentas, combate a la la auditoría corrupción y buena gobernanza. Alcance La auditoría se efectuó del 12 de mayo al 31 de octubre del año en curso y comprendió el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, cuya revisión se integró por la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones referidas en los Lineamientos Internos del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México, Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2022, formalizados por la Secretaría de Desarrollo Social, relacionados con la administración, aplicación, uso y distribución de los recursos públicos en estricto apego con los procesos y procedimientos realizados en el ejercicio de las atribuciones conferidas y conforme al marco legal y normativo aplicable. Dirección de Fortalecimiento a Grupos Vulnerables y Proyectos de Desarrollo de la Dirección General de Bienestar Social y Fortalecimiento Familiar; Comité de Admisión Áreas y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX; fiscalizadas Dirección General de Bienestar Social y Fortalecimiento Familiar. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2y 9Auditoría de Legalidad. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Ejecución de la auditoría Procedimientos de auditoría aplicados 1. Constatar que las actas generadas en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX durante el ejercicio 2022, contaron con los elementos requeridos y el seguimiento de los acuerdos tomados por el Comité, conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. 2. Verificar que las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX del ejercicio 2022, contaron con los elementos establecidos en los ordenamientos legales y las disposiciones jurídicas aplicables. 3. Constatar que la Secretaría de Desarrollo Social, en el ejercicio 2022, integró los expedientes de las personas beneficiarias de acuerdo a los requisitos y criterios de selección y criterios de priorización, así como los formatos aprobados para la ejecución del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, en apego a las disposiciones legales y jurídicas aplicables. 4. Verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en la integración e instalación del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social. 5. Corroborar que el cumplimiento de las atribuciones del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social atendió las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. 6. Verificar que en el ejercicio 2022, la Secretaría de Desarrollo Social publicó en la página de Información Pública de Oficio Mexiquense (IPOMEX), la información del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, requerida en los ordenamientos legales y las disposiciones jurídicas aplicables. 7. Comprobar que la emisión de los informes de distribución y comprobación de la entrega de apoyos, así como del informe anual presentado al CIEPS se realizaron de conformidad a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. 8. Verificar que el seguimiento a las inconformidades, quejas y denuncias presentadas por las personas beneficiarias o población en general sobre la operación del programa y la entrega de apoyos cumplió con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. 9. Verificar que la Secretaría de Desarrollo Social, durante el ejercicio 2022, llevó a cabo la entrega de las canastas a los beneficiarios del programa de desarrollo social y que la conciliación de las canastas compradas con las entregadas coincida con el presupuesto autorizado y ejercido. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 10 Auditoría de Legalidad. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultados de la auditoría En términos de lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, entregados los resultados preliminares, revisadas y analizadas las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los citados resultados, información que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México consideró en la elaboración del informe de auditoría; se describen a continuación las observaciones determinadas con la Entidad Fiscalizada durante los actos de entrega de resultados preliminares y finales y asentadas en cada una de las actas que dan constancia de ello. Las observaciones se encuentran en la etapa de aclaración y las recomendaciones en proceso de atención, ambas en la Unidad de Seguimiento del Órgano Superior, según lo establecen los artículos 54 y 54 bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, respectivamente. Observaciones En el Ejercicio Fiscal 2022, el Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México (ahora Secretaría de Bienestar) se presume que, de los 342 expedientes revisados, no cumplió con los ordenamientos legales y disposiciones jurídicas aplicables, ya que este Órgano Superior identificó que: En materia de Control Interno •Realizó la entrega de canastas a 21 beneficiarios del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX que no contaban con sus identificaciones oficiales vigentes (INE) al ejercicio 2022, otorgando un total de 87 canastas. •Realizó la entrega de canastas a 2 beneficiarios del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX que no requisitaron el punto 4.4 del Formato de Registro del ejercicio 2022, otorgando un total de 6 canastas. •Omitió realizar actividades sustantivas (corresponsabilidad y graduación de las personas beneficiarias, entre otras) definidas en las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social en el ejercicio 2022 y hacerlo del conocimiento a los integrantes del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa, a través de las Actas de Sesión del mismo. •Entregó apoyos a beneficiarios del programa con permanencia mínima de 3 años, sin determinar si los beneficiarios fueron susceptibles o no a la graduación, toda vez que no aplicó el Instrumento de Monitoreo y Seguimiento del Avance en la disminución de la condición de pobreza y carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad de las personas beneficiarias del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX (IMSA) en el ejercicio 2022. •Ejecutó el Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX, sin contar con un Manual de Procedimientos, autorizado y publicado en el ejercicio 2022. •Elaboró la convocatoria sin difundirla en medios masivos de comunicación, toda vez que se dio a conocer únicamente en las instalaciones de las Subsecretarías de Desarrollo Social, considerándose como una difusión limitada que no permitió garantizar el acceso al Programa de Desarrollo Social a las personas más vulnerables del Estado de México. •Publicó la convocatoria, sin presentar de forma completa y clara su contenido, toda vez que no especifica de manera clara la vigencia, forma de registro de los solicitantes, la ubicación de los módulos de registro y la fecha y medio para la difusión de los resultados de la convocatoria. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 11Auditoría de Legalidad. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX • Contó con formatos de registro sin requisitar al menos un numeral en los 342 formatos revisados de la muestra, toda vez que, en los 342 se omitió registrar la fecha de solicitud, 341 no contaron con el número de folio, 3 contenían solamente la firma de la instancia, 4 solo la del solicitante y 1 no contenía ninguna firma; en los apartados de Datos del solicitante, Referencia domiciliaria, Identificación geográfica e Identificación de tipos de carencia, en 134 formatos no requisitaron al menos un numeral. • Integró el padrón de beneficiarios del Programa sin contar con una metodología que pudiera acreditar la valoración de la condición de pobreza y carencia alimentaria de los solicitantes para determinar su ingreso al Programa. • Integró los expedientes de los beneficiarios del Programa, sin incluir 287 acuses de recibido del medio de entrega, de un total de 342 expedientes revisados. • Publicó información en el sitio electrónico de la plataforma de IPOMEX, sin presentarla de manera completa, actualizada y congruente en cinco incisos, toda vez que difundió un objetivo general y los objetivos específicos que no concuerdan con los descritos en las Reglas de Operación; reportó para el periodo del 01/10/2022 al 31/12/2022 un monto de presupuesto ejercido que no se encuentra actualizado al 31 de diciembre de 2022; no publicó ningún tipo de información respecto a los mecanismos e informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones, ni los informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; por último publicó un Padrón de beneficiarios de 554,698 beneficiario, cifra que no es coincidente con los padrones aprobados en las cuatro actas de sesiones ordinarias del Comité de Admisión y Seguimiento (569,454 beneficiarios), ni con el padrón único remitido por la Entidad Fiscalizable de 579,389 beneficiarios. • Realizó la actividad de control correspondiente a las firmas de los beneficiarios del programa al momento de recibir el apoyo, sin formalizarla dentro de las Reglas de Operación del Programa, toda vez que solamente hacen referencia al Medio de Entrega como único medio utilizado para verificar la entrega de los apoyos a los beneficiarios. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 12 Auditoría de Legalidad. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resumen De la ejecución de la auditoría de legalidad, se determinaron: Clasificación de las recomendaciones 66.7% Actividades de Control Resultados Recomendaciones 33.3% Información y Comunicación finales 12 5 Clasificación de las acciones y previsiones 100.0% Pliego de observación Acciones y previsiones Las acciones y previsiones se encuentran en etapa de aclaración en la Unidad de Seguimiento de conformidad al artículo 54 de la 2 Ley de Fiscalización superior del Estado de México. El Titular de la Entidad Fiscalizada recibió los resultados preliminares con oficio Comportamiento de la OSFEM/AEDL/DAL/495/2023 de fecha de acuse 5 de octubre de 2023, emitido por la Entidad Fiscalizada Auditoría Especial de Desempeño y Legalidad. Al respecto, la Entidad Fiscalizada, por respecto a los medio del similar 21100002000000S/934/2023, con fecha de acuse 13 de octubre de resultados 2023, entregó las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia presentados de eliminar, rectificar o ratificar los resultados preliminares. La documentación proporcionada por la Entidad para atender y justificar los resultados Comentarios de la preliminares fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar dichos resultados. Esta información fue considerada por el Órgano Superior en la Entidad Fiscalizada elaboración del informe de auditoría, al igual que las diversas manifestaciones y oficios que la Entidad emitió durante el proceso de ejecución de la presente auditoría, de lo cual quedó constancia íntegra en las actas circunstanciadas de entrega de resultados preliminares y finales, contenidas en el expediente de auditoría. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 13 Informe de Resultados del Ejercicio Fiscal 2022 Auditoría de Desempeño (AD-137) Familias Fuertes Canasta EDOMÉX www.osfem.gob.mx Auditoría de Desempeño Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX (AD-137) Planeación específica de la auditoría Con motivo de la fiscalización superior instruida por medio del Acuerdo 03/2023 por el que se emite el Programa Anual de Auditorías 2023 para la Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2022, Criterios de los temas de la auditoría número AD-137, fueron seleccionados con base en selección de los los siguientes criterios: materialidad, auditabilidad, impacto posible, interés temas de la Legislatura o el público y relevancia, según lo establecido en el Manual auditados de Implementación de las ISSAI, para la Auditoría de Desempeño, Versión 1 de julio de 2021. Fiscalizar el desempeño de la Secretaría de Desarrollo Social en la ejecución del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX", Objetivo de para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. la auditoría Alcance La auditoría se efectuó del 20 de abril al 31 de octubre del año en curso y comprendió el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, cuya revisión se integró por la fiscalización de la eficacia y eficiencia en el diseño del programa de desarrollo social; la atención de su población objetivo; el registro y enrolamiento de personas solicitantes para ingresar al programa; la integración del padrón de beneficiarios; la entrega de apoyos a la población beneficiaria; la práctica de evaluaciones al programa; la calidad y suficiencia de la información del programa reportada en la Cuenta Pública; y en la medición del cambio esperado en la población objetivo del programa de desarrollo social. Dirección General de Bienestar Social y Fortalecimiento Familiar. Áreas fiscalizadas E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 17Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Ejecución de la auditoría Procedimientos de auditoría aplicados 1. Verificar la eficacia en la elaboración del Diagnóstico de Conveniencia, Viabilidad y Eficiencia conforme los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. 2. Verificar la eficacia en la caracterización y cuantificación de la población universo, potencial y objetivo del programa de desarrollo social, así como en la determinación de la cobertura de atención de la población objetivo. 3. Verificar la eficiencia en la atención a las solicitudes presentadas y registro de las personas interesadas en acceder a los beneficios del programa de desarrollo social. 4. Corroborar la eficacia en la integración del padrón de personas beneficiarias conforme la normativa aplicable en la materia. 5. Constatar la eficiencia en la oportunidad en la entrega de las canastas alimentarias proporcionadas a las personas beneficiarias del programa de desarrollo social. 6. Constatar la eficacia en la realización de evaluaciones externas al programa de desarrollo social. 7. Verificar la eficiencia en la rendición de cuentas sobre la información relativa a la aplicación de los recursos y con alusión a los resultados obtenidos por el programa de desarrollo social. 8. Constatar la eficiencia en la medición del cambio esperado en la población atendida con el programa de desarrollo social. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 18 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultados de la auditoría En términos de lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, entregados los resultados preliminares, revisadas y analizadas las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los citados resultados, información que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) consideró en la elaboración del informe de auditoría; se describen a continuación los resultados finales y las recomendaciones de desempeño acordadas con la Entidad Fiscalizada durante los actos de entrega de resultados preliminares y finales, y asentadas en cada una de las actas que dan constancia de ello. Resultados finales y recomendaciones de desempeño 1.Verificar la eficiencia y eficacia en el diseño del programa de desarrollo social; la atención de su población objetivo; el registro y enrolamiento de personas solicitantes para ingresar al programa; la integración del padrón de beneficiarios; la entrega de apoyos a la población beneficiaria; la práctica de evaluaciones al programa; la calidad y suficiencia de la información del programa reportada en la Cuenta Pública; y en la medición del cambio esperado en la población objetivo del programa de desarrollo social. Resultado final 1 Recomendación AD-137-R-1 Para el año 2022, la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo México (SEDESEM) fue ineficaz en la elaboración del Diagnóstico de subsecuente, elabore para los programas de desarrollo social en la Conveniencia, Viabilidad y Eficiencia conforme los Lineamientos Básicos materia, un Diagnóstico de Conveniencia, Viabilidad y Eficiencia e para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de integre información suficiente y pertinente respecto a la conveniencia, México, toda vez que la Entidad Fiscalizada proporcionó el documento denominado “Diagnóstico del programa de desarrollo social Familias viabilidad y eficiencia, así como de la identificación de la población Fuertes Canasta EDOMÉX”; sin embargo, no integró información universo, potencial y objetivo, con el fin de dar cumplimiento a lo suficiente y pertinente en materia de conveniencia, viabilidad y establecido en el numeral 2.3 de los Lineamientos Básicos para la eficiencias, así como de la identificación de la población potencial, para Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 2.3 de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. Ordenamientos legales •Artículos 7 y 10 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. y disposiciones •Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. jurídicas aplicables •Numerales 2.2 y 2.3 de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 19Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 2 Recomendación AD-137-R-2 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficaz en la caracterización y Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo cuantificación de la población universo, potencial y objetivo del Programa subsecuente, diseñe e implemente una metodología para identificar, de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”, toda vez que caracterizar y cuantificar la población universo, potencial y objetivo para la Entidad Fiscalizada proporcionó el documento “Propuesta los programas de desarrollo social en la materia, de cuya aplicación se Metodológica para la Determinación y Ubicación de la Población obtengan cifras poblacionales desagregadas por municipio del Estado Objetivo del programa de desarrollo social Familias Fuertes Canasta de México con base en estadísticas oficiales, y con ello, se determinen EDOMÉX” y el padrón de beneficiarios del programa social, de lo que se metas para monitorear el grado de atención de la población objetivo en determinó una cobertura de 31.7 por ciento; sin embargo, las cifras los programas de desarrollo social bajo su ejecución. registradas para la cuantificación de la población potencial y objetivo no se ubicaron en una fuente oficial o el detalle del método de cálculo utilizado, asimismo se identificó que la cuantificación de la población potencial coincide con la población universo por un factor de 0.39 y la población objetivo corresponde a la población potencial por un factor de 0.55. Aunado a lo anterior, en el detalle de la cuantificación de la población universo, potencial y objetivo por municipio reportada en el documento anteriormente referido fue inconsistente con las fuentes oficiales como INEGI y CONEVAL, ya que registró cifras mayores a los habitantes que se tiene en 14 municipios. • Artículo 12 fracciones I y II de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. Ordenamientos legales • Artículo 344 párrafo segundo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Numerales 5 y 6 de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. jurídicas aplicables • Numerales 5, 5.1., 5.1.1., 5.2., 5.2.1., 5.3. y 5.3.1. de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Numeral 4.3 Actividades de Control, Principio 10 Diseñar Actividades de Control, apartados 10.01 y 10.03 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. Resultado final 3 Recomendación AD-137-R-3 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficaz en la medición de cobertura Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo de atención de la población objetivo a través de indicadores, toda vez subsecuente, diseñe e implemente indicadores estratégicos para medir que no acreditó que contara con indicadores estratégicos o de gestión la cobertura de atención de la población objetivo y de aquella estimada para monitorear y dar seguimiento a los avances y resultados sobre la a beneficiar perteneciente a un espacio geográfico o físico determinado cobertura de atención de la población objetivo a la que se dirigió el con los programas de desarrollo social en la materia. Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Artículo 74 de la Ley General de Desarrollo Social. Ordenamientos legales • Artículo 344 párrafo segundo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Numerales 5 y 6 de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. jurídicas aplicables • Numerales 5.3. y 5.3.1. de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Numeral 4.2 Administración de Riesgos, Principio 6 Definir Objetivos y Tolerancia al Riesgo, apartados 6.02 y 6.07 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 20 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 4 Recomendación AD-137-R-4 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficaz en establecer una estrategia Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo de cobertura de atención con el Programa de Desarrollo Social “Familias subsecuente, diseñe una estrategia de focalización que le posibilite Fuertes Canasta EDOMÉX”, toda vez que no se acreditó que se haya orientar la cobertura de atención con los programas de desarrollo social definido e implementado una estrategia de focalización para orientar la en la materia, con base en un diagnóstico de las ZAP, grado de Marginación y/o grado de Rezago Social, en cuyo contenido se estime cobertura de atención del programa social, al declarar en sus reglas de la cuantificación de la población objetivo prevista a atender por cada operación como cobertura genérica: “El programa podrá cubrir los 125 municipio, pertenecientes a las regiones y microrregiones que muestren municipios que conforman el Estado de México, dando atención a su mayor pobreza, marginación y exclusión, de acuerdo con los artículos 12 población objetivo y en congruencia con lo dispuesto en los artículos 6 y y 17 fracción I de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México; en 12 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México”. dicho diagnóstico y estrategia deberán soportarse las metas y los grados Si bien es cierto que las reglas de operación determinan que la población de atención de las personas que constituyan a la población objetivo del programa social. objetivo del programa social debe ser consistente con lo fijado en el artículo 6 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, que a la letra dice: “Toda persona, habitante del Estado tiene derecho a participar y a beneficiarse de los programas y acciones de desarrollo social, de acuerdo con los principios rectores de las políticas públicas estatales y municipales en los términos que establezca la normatividad aplicable”, también es cierto que la interpretación de dicho artículo no debe ser realizada de manera aislada, sino que debe encontrarse en armonía respecto al demás marco normativo; ello, debido a que no es justificable que la intervención gubernamental no esté adecuadamente focalizada, tomando en consideración las particularidades de los diversos sectores sociales que integran a la población objetivo a la que va dirigido un programa social, afirmación que se plantea de conformidad con las siguientes consideraciones: La Ley General de Desarrollo Social señala en su artículo 18 que: “Los programas, fondos y recursos destinados al desarrollo social son prioritarios y de interés público, por lo cual serán objeto de seguimiento y evaluación de acuerdo con esta Ley; y no podrán sufrir disminuciones en sus montos presupuestales, (…)”, de lo anterior y respecto al concepto de “interés público” dicho ordenamiento en su numeral 19 prevé una lista de programas de orden prioritario y con el carácter del interés antes referido, destacando el señalado en su fracciones IV “Los programas dirigidos a zonas de atención prioritaria; (…)” y VI “Los programas de abasto social de productos básicos”. Respecto al ordenamiento jurídico local resulta necesario recoger el contenido del referido artículo 6 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, el cual establece, en una primera parte, que: “Toda persona, habitante del Estado tiene derecho a participar y a beneficiarse de los programas y acciones de desarrollo social, (…)”, premisa la cual de manera aislada pudiera interpretarse en el sentido de aplicar de manera uniforme e indistinta el criterio bajo el cual se desenvuelve la ejecución de los programas sociales, dentro de los cuales se encuentra el Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. Sin embargo, al continuar con la comprensión del contenido de la disposición jurídica anterior, se observa que se señala que dicha participación se encuentra condicionada: “(…) de acuerdo con los principios rectores de las políticas públicas estatales y municipales en los términos que establezca la normatividad aplicable”, por consiguiente, es notorio el hecho que la planeación y ejecución del programa social fiscalizado debe apegarse al contenido de lo dispuesto en las políticas públicas estatales y en las normas aplicables. En este contexto, de acuerdo con el artículo 17 de la ley de desarrollo social local, la instrumentación de un programa social está supeditada, en lo particular, a un diagnóstico focalizado sobre las zonas de atención prioritarias, así como a los principios de la política de desarrollo social establecidos en el referido ordenamiento, por lo que podemos advertir, bajo este primer análisis, un primer criterio para focalizar la cobertura del programa social. Por lo que corresponde a las zonas de atención prioritarias, entendidas como “(…) las áreas o regiones, (…) cuya población registra índices de pobreza, marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en esta Ley (…)”, de conformidad con el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social, el diagnóstico focalizado de éstas representa la individualización en la que tendrá que actuar el programa social respecto al ámbito geográfico y delimitado considerando las carencias, necesidades y características de la población que habitan dichas zonas. Por otra parte, por cuanto hace a los principios de la Política de Desarrollo Social del Estado de México, el artículo 10 de la ley local en E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 21Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX la materia, establece un catálogo de principios a los que deberá sujetarse esta política, integrada por el conjunto de los programas sociales que implementa el Gobierno del Estado de México, principios de entre los cuales destaca el contenido en la fracción II relacionada con la “Justicia Distributiva”, estableciendo que la misma “Garantiza que toda persona reciba de manera equitativa los beneficios del desarrollo conforme a sus méritos, sus necesidades, sus posibilidades y las de las demás personas; (…)”. Cabe destacar que este principio subraya la necesidad de realizar un adecuado estudio tanto del sector poblacional como de las áreas o regiones en donde entrará en aplicación el programa social auditado, congruente con su objetivo, de ahí el énfasis por parte de este Órgano Superior, de la existencia de la orientación poblacional a quien debe ir dirigido de manera prioritaria los apoyos económicos y servicios que presta el programa social; es por lo anterior, que la descripción de la cobertura establecida en las Reglas de Operación, se contrapone al objetivo del propio programa social. Bajo este tenor, el documento proporcionado por la SEDESEM, denominado “Propuesta Metodológica para la Determinación y Ubicación de la Población Objetivo del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Canasta EDOMÉX” no representó evidencia suficiente ni pertinente, que acreditara que, para el año 2022, la cobertura de atención se orientó con base en las Zonas de Atención Prioritarias (ZAP) integradas y propuestas por el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social (CIEPS), debido a que dicho documento refirió únicamente el listado de las ZAP, sin que la dependencia llevara a cabo un procesamiento de esta información que sirviera de utilidad para orientar la cobertura de atención del programa social, ni respecto al Grado de Marginación o de Rezago Social. Respecto al cumplimiento del artículo 12 de Ley de Desarrollo Social del Estado de México, este Órgano Superior analizó si la cobertura de atención presentó un comportamiento orientado a la atención de las regiones, municipios, microrregiones, zonas de atención prioritaria e inmediata, que mostraran mayor pobreza, marginación y exclusión, de acuerdo con los indicadores de desarrollo social y humano. Al respecto, de la ejecución de los procedimientos de auditoría se desprende que: en los municipios de Chimalhuacán e Ixtapaluca, a pesar de contar con 134 y 62 ZAP, respectivamente, no registraron personas beneficiarias por el programa de desarrollo social; los 12 municipios que se encontraron con un “Alto” Grado de Marginación: Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Morelos, San Felipe del Progreso, Sultepec, Tlatlaya, Villa de Allende, Villa Victoria, Zacualpan, Zumpahuacán, Luvianos y San José del Rincón, concentrando un total de 27,070 personas, lo que representó un 11.7 por ciento de los beneficiarios a los que se le otorgaron apoyos con el programa “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX” durante el año 2022; los municipios de Ixtapan del Oro, Donato Guerra, Zumpahuacán, San José del Rincón, San Felipe del Progreso, Luvianos, Villa de Allende, Morelos y Villa Victoria que presentaron un porcentaje de población en pobreza mayor al 70.0 por ciento y son registrados con un “Alto” Grado de Marginación, únicamente concentraron el 9.9 por ciento de las personas beneficiarias; y los municipios que tuvieron un grado de marginación de “Muy bajo” representaron el 78.8 por ciento de las personas que recibieron apoyos del programa social, es decir, 456,778 personas de las 579,389 que ingresaron al programa durante el año 2022. Derivado de lo anterior, se identificó que la SEDESEM no implementó una estrategia de cobertura que orientara la atención a las regiones, municipios, microrregiones, zonas de atención prioritaria e inmediata, que mostraran mayor pobreza, marginación y exclusión, de acuerdo con los indicadores de desarrollo social y humano y que se reflejara en el comportamiento de entrega a las personas beneficiarias del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Artículo 17 fracción VII del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social. • Artículos 6, 12 fracciones I, II y III y 17 fracción I de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. Ordenamientos legales • Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. y disposiciones • Numeral 6. de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. jurídicas aplicables • Numerales 5 y 6 de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Numeral 4.3 Actividades de Control, Principio 10 Diseñar Actividades de Control, apartados 10.01y 10.03 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 22 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 5 Recomendación AD-137-R-5 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficiente en la atención a las Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo solicitudes presentadas y registro de las personas interesadas en subsecuente, diseñe un lineamiento de control que le posibilite acceder a los beneficios del programa de desarrollo social, toda vez que documentar en los programas de desarrollo social en la materia, de la Entidad Fiscalizada reportó que se realizó la publicación de la manera estandarizada, suficiente y confiable, la recepción y el registro Convocatoria del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes de las solicitudes presentadas en los módulos que se instalen al efecto, Canasta EDOMÉX”, el día 14 de julio, el mismo día se realizó la así como el registro de las altas y bajas, conforme listas de espera y instalación y apertura en tres módulos para el registro de solicitudes, nuevas solicitudes, a fin de dar certeza de que se lleva a cabo dicho condición que minimiza la difusión de la convocatoria y el acceso de proceso de enrolamiento, en los términos que dispongan las reglas de personas interesadas en ingresar al programa social; aunado a ello, el operación del programa. apartado de registro de la convocatoria no refiere la fecha, horario y lugar donde se llevaría a cabo, además, tampoco se incorporaron las características del beneficio y la fecha y medio para la difusión de los resultados de la misma, tal como lo establece el artículo 61 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social. Asimismo, la Entidad Fiscalizada instaló tres módulos de registro en las instalaciones de las Subsecretaria de Desarrollo Regional, para llevar cabo el registro de las personas interesadas; no obstante, se levantó en dos sedes acta de inicio y en otra acta de cierre, sin dar cuenta del número de solicitudes recibidas en cada módulo. Aunado a lo anterior, la SEDESEM contó con la lista de espera correspondiente al cierre del ejercicio fiscal 2022; base de datos de las solicitudes recibidas, base de datos de las personas dadas de baja, base de datos de las personas dadas de alta y Actas Ordinarias y Extraordinarias; sin embargo, en dicha información no se identificó que la integración y ejecución de la lista de espera se haya realizado bajo un criterio establecido; además, de la información proporcionada respecto a las bajas del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”, se identifican cinco causas principales para dar de baja las personas, esto de acuerdo a las Reglas del Operación, pero no hay evidencia suficiente y adecuada que sustente cada una de las cifras proporcionadas; y respecto a las altas, no se identifica la diferencia entre las altas de la lista de espera del ejercicio fiscal 2021, con las altas ingresadas a partir de la convocatoria 2022. Derivado de lo anterior, la SEDESEM carece de mecanismos de control, que tuvieran por objeto regular el proceso de altas y bajas para ejecutar la etapa de enrolamiento de las personas interesadas en incorporarse al programa de desarrollo social. •Artículo 19 párrafo primero del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social. Ordenamientos legales •Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios y disposiciones •Numerales 8.3., 8.3.1., 8.3.2., 9.4.3. incisos a), b) y c) y 10. y 10.1. incisos a), b), c), d), e), f), g) y h) de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social jurídicas aplicables “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. •Numeral 4.3 Actividades de Control, Principio 10 Diseñar Actividades de Control, apartado 10.03 y Principio 12 Implementar Actividades de Control, apartado 12.01 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno ´para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 23Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 6 Recomendación AD-137-R-6 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficaz en la integración de su Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo Padrón de Beneficiarios del Programa de Desarrollo Social “Familias subsecuente, integre el Padrón de Personas Beneficiarias de los Fuertes Canasta EDOMÉX”, toda vez que, el Padrón de Personas programas de desarrollo social en la materia, en el que se haya Beneficiarias del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes registrado información conforme lo establecido en los Lineamientos y Canasta EDOMÉX”, proporcionado al Órgano Superior en alcance al Criterios para la Integración y Actualización de los Padrones de las Acta de Levantamiento de Información de la Auditoría 001 de fecha 13 Personas Beneficiarias y para la Administración del Padrón Único de de junio de 2023, no fue integrado de forma estructurada y homologada, Personas Beneficiarias de los Programas y/o Acciones de Desarrollo tal como lo establece el artículo séptimo de los Lineamientos y Criterios Social del Gobierno del Estado de México, a fin de que se tenga certeza para la Integración y Actualización de los Padrones de las Personas de la información contenida en el padrón. Beneficiarias y para la Administración del Padrón Único de Personas Beneficiarias de los Programas y/o Acciones de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México, derivado de que en 13 campos no se registró la información correspondiente conforme lo estipulado en éstos Lineamientos. Aunado a lo anterior, sobre la actualización del padrón de acuerdo a las actas ordinarias y extraordinarias el padrón fue actualizado en seis ocasiones, y al realizar la revisión y el análisis de los acuses de actualización, se identificó que no se cuenta con información que dé cuenta de las actualizaciones del padrón, ya que en la información proporcionada soló se refieren que para el primer y cuarto trimestre se remitió el padrón de personas beneficiarias a la Unidad de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, cuando en los Lineamientos se determina que sea de manera trimestral. • Artículo 10 fracciones VI, VIII y IX de la Ley General de Desarrollo Social. • Artículos 17 fracciones V y VI y 19 párrafo primero del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social. • Artículo 13 fracción VII de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. Ordenamientos legales • Artículo 41del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. y disposiciones • Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. jurídicas aplicables • Artículos Séptimo y Décimo de los Lineamientos y Criterios para la Integración y Actualización de los Padrones de las Personas Beneficiarias y para la Administración del Padrón Único de Personas Beneficiarias de los Programas y/o Acciones de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México. • Numeral 8.5. de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Numeral 4.3 Actividades de Control, Principio 10 Diseñar Actividades de Control, apartados 10.01 y 10.3 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 24 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 7 Recomendación AD-137-R-7 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficiente en la oportunidad en la Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo entrega de las canastas alimentarias proporcionadas a las personas subsecuente, diseñe un lineamiento de control que le posibilite, de beneficiarias del programa de desarrollo social, toda vez que en la manera estandarizada y confiable documentar las acciones realizadas información proporcionada por la Entidad Fiscalizada se identificó que la para la ejecución y seguimiento de la entrega de bienes de los programas de desarrollo social en la materia, con el fin de acreditar la base de datos “Entrega de canasta a personas beneficiarias” se identificó información reportada en los diferentes medios de verificación. un total de beneficiarios ingresados en el 2022 de 156,211; los beneficiarios que continuaron del ejercicio fiscal 2021 fueron 158,629 y 2020 fue de 5,636; y las que se presentan desde el 2019 fueron 258,913; dando un total de 579,389 beneficiarios, misma cifra reportada en el Padrón de Personas Beneficiarias; sin embargo, dicha cifra no corresponde con lo reportado en las Actas del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”, Informe de metas del cuarto trimestre y la Cuenta Pública Estatal 2022 (569,454 beneficiarios). Aunado a lo anterior, se identificó que 11,087 personas fueron dados de baja y recibieron canasta alimentaria de 1 a 4 ocasiones. Respecto al seguimiento de personas beneficiarias que son dadas de alta, para el ejercicio fiscal 2022 se identificó que 1,423 personas fueron dadas de alta, pero no recibieron ningún beneficio. La SEDESEM para el año 2022, presentó un listado y ubicación de los módulos donde se entregaría la canasta alimentaria, los cuales difieren de los módulos para la entrega del elemento plástico, además de no contar con la información completa respecto al domicilio, lo que limita la ubicación de los mismos, por parte de las personas beneficiarias. Además, pese a que la SEDESEM reportó 1 meta de actividad con relación a suscribir convenios, registrando un avance de 2 documentos, la Entidad Fiscalizada manifestó que: “(…) no se suscribieron convenios o acuerdos con la finalidad de coadyuvar en la operación y cumplir con los objetivos del Programa Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. La Entidad Fiscalizada reportó que la meta anual de solicitudes a atender es a contra demanda, no obstante, se contó con lista de espera y la Reglas de Operación establecen que “Las personas solicitantes deberán realizar los trámites de registro de manera personal, (…), siempre y cuando no se cuente con lista de espera o ésta no cumpla con la meta del ejercicio fiscal correspondiente”. Finalmente, en el Padrón de Personas Beneficiarias del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX” se registraron 579,389 personas con una cantidad de 1 a 5 apoyos recibidos, de las cuales a 27,011personas se le otorgó 1 apoyo, a 26,294 se les brindó 2, a 35,889 se les entregó 3, a 360,425 fueron 4 y a 129,770 se les dieron 5, lo que en suma representaron 2,277,816. Sin embargo, en la Cuenta Pública Estatal 2022, se reportó 569,454 beneficiarios con la misma cantidad de apoyos entregados. Asimismo, la entrega de las canastas que realizó no reflejo que haya sido bimestralmente, ya que los apoyos se otorgaron en los meses de mayo, junio, agosto, noviembre y diciembre. Derivado de las condiciones identificadas anteriormente, se reflejó que la SEDESEM no implementó un procedimiento de control que asegure, de manera estandarizada y confiable documentar las acciones realizadas para la ejecución y seguimiento de la entrega de la canasta alimentaria. •Artículo 42 fracción IV de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. •Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios Ordenamientos legales y disposiciones •Numerales 7., 7.1., 7.1.1., 10. y 10.1. incisos i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t) y u) y 15 de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. jurídicas aplicables •Numeral 4.3 Actividades de Control, Principios 10 Diseñar Actividades de Control, apartados 10.01 y 10.03 y Principio 12 Implementar Actividades de Control, apartados 12.01 y 12.02 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 25Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 8 Recomendación AD-137-R-8 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficaz en la realización de Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo evaluaciones externas al programa de desarrollo social, toda vez que no subsecuente, programe evaluaciones externas a los programas de se proporcionó información respecto a la ejecución de una evaluación desarrollo social en la materia, asimismo lleve a cabo el seguimiento a externa, ahora bien, la Entidad Fiscalizada presentó el documento las recomendaciones y la aplicación de mejoras en las áreas de “Estudio cuantitativo y cualitativo de satisfacción e impacto en las oportunidad identificadas en el estudio realizado en el año 2022, cuyos personas beneficiarias, del Programa de Desarrollo Social “Familias resultados sirvan para la toma de decisiones en ejercicios subsecuentes. Fuertes Canasta EDOMÉX 2022” que efectuó la dependencia en lugar de una evaluación, la cual reflejó en sus conclusiones los resultados sobre la percepción de los beneficiarios; sin embargo, de acuerdo con el CONEVAL las evaluaciones de impacto: “(…) permiten medir, mediante el uso de metodologías rigurosas, los efectos que un programa puede tener sobre su población beneficiaria y conocer si dichos efectos son en realidad atribuibles a su intervención. El principal reto de una evaluación de impacto es determinar qué habría pasado con los beneficiarios si el programa no hubiera existido”, por lo que dicho estudio refleja la satisfacción y no el impacto del programa. Aunado a lo anterior, derivado del estudio anteriormente mencionado no se presentó información respecto a la aplicación de mejoras en las áreas de oportunidad identificadas al programa de desarrollo social en el año 2022 para la mejor toma de decisiones ni sobre el seguimiento a las recomendaciones, ya que sobre la identificación e implementación de mejoras identificadas se remitió la información correspondiente a la Evaluación de Consistencia y Resultados del programa presupuestario “Alimentación y nutrición familiar”, para el ejercicio fiscal 2019. • Artículo 74 de la Ley General de Desarrollo Social. • Artículos 57 y 58 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. Ordenamientos legales • Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. y disposiciones • Artículo 344 segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios. jurídicas aplicables • Numerales 16., 16.1. y 16.2. de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. • Numeral 4.3 Actividades de Control, Principio 10 Diseñar Actividades de Control, apartado 10.01 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. Resultado final 9 Recomendación AD-137-R-9 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficiente en la rendición de cuentas Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo sobre la información relativa a la aplicación de los recursos y con alusión subsecuente, gestione reportar en la Cuenta Pública del Gobierno, a los resultados obtenidos por el programa de desarrollo social, toda vez Organismos Auxiliares y Autónomos del Estado de México, información que la SEDESEM reportó en la Cuenta Pública del Gobierno, específica y detallada de tipo presupuestal, programática, cualitativa y Organismos Auxiliares y Autónomos del Estado de México 2022, 4 metas cuantitativa, que dé cuenta de su desempeño y de los resultados de actividad relacionada y 2 indicadores relacionados con el Programa obtenidos, a fin de rendir cuentas a la Legislatura del Estado de México de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX” a través del y, por ende, a la ciudadanía sobre el cumplimiento del objetivo del proyecto presupuestario “Dotación alimenticia a población marginada” programa de desarrollo social. del programa presupuestario “Alimentación y nutrición familiar”; sin embargo, dicha información es insuficiente para conocer el desempeño en la ejecución del programa de desarrollo social y, por ende, en el cumplimiento de su objetivo general, en virtud de que no reportó de forma específica información cualitativa y cuantitativa suficiente y pertinente sobre: la población objetivo atendida, indicadores estratégicos o de gestión que hayan monitoreado y dado seguimiento al avance y resultados del programa social en el cumplimiento de su objetivo, el detalle de la atención a las personas beneficiarias por municipio y zona de atención prioritaria y de la aplicación de los recursos asignados al programa social, no se dio cuenta de información relativa al presupuesto autorizado, autorizado final y ejercido del ejercicio fiscal 2022. Ordenamientos legales • Artículo 35 fracción XIII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. y disposiciones • Artículo 352 párrafos primero y tercero del Código Financiero del Estado de México y Municipios. jurídicas aplicables • Numeral 4.4 Información y Comunicación, Principio 15 Comunicar Externamente, apartados 15.02 y 15.09 del Modelo del Marco Integrado de Control Interno para las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de México. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 26 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resultado final 10 Recomendación AD-137-R-10 Para el año 2022, la SEDESEM fue ineficiente en la medición del cambio Para que la SEDESEM (ahora Secretaría de Bienestar), en lo esperado en la población atendida con el programa de desarrollo social, subsecuente, diseñe mecanismos que permitan medir el cambio toda vez que si bien reportó la MIR del programa presupuestario esperado en la población objetivo beneficiada con los bienes que “Alimentación y nutrición familiar” a través del cual se ejecutó el proporcionan los programas de desarrollo social en la materia, y evaluar Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX” en a través de indicadores integrados en una Matriz de Indicadores de el nivel de Propósito, el indicador “Porcentaje de cobertura en población Resultados dicho cambio, que le sea posible cuantificar el resultado con carencia alimentaria atendidas con los programas de Desarrollo alcanzado. Social del DIFEM” corresponde a otra Unidad Ejecutora y el indicador reportado en el nivel Fin “Tasa de variación porcentual de la población con carencia por acceso a la alimentación” dio cuenta de la contribución del programa, condición que no posibilitó evaluar el cambio esperado en la población atendida con los apoyos del programa social. Aunado a lo anterior la Entidad Fiscalizable para el año 2022, careció de variables, instrumentos y procedimientos para verificar los avances en la disminución de la condición de pobreza y carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad de las personas beneficiarias del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”, graduadas y/o en su caso susceptibles a graduarse, al manifestar que: “Es preciso señalar que en el periodo que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, no se realizaron graduaciones de personas beneficiarias del programa de desarrollo social Familias Fuertes Canasta EDOMEX, razón por la cual no se presentan evidencia”. •Artículo 74 de la Ley General de Desarrollo Social. Ordenamientos legales •Artículo 58 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México. y disposiciones •Artículo 287 párrafo cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios jurídicas aplicables •Numeral 8.2. de los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. •Numeral 8.11. de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 27Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX Resumen De la ejecución de la auditoría de desempeño, se determinaron: Clasificación de las recomendaciones de desempeño Resultados Recomendaciones 80.0% Actividades de control finales de desempeño 10.0% Administración de riesgos 10.0% Información y comunicación 10 10 Conclusión de la auditoría En el ejercicio fiscal 2022, la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México, no cumplió con los objetivos y metas del Programa de Desarrollo Social “Familias Fuertes Canasta EDOMÉX”, ya que este Órgano Superior comprobó que: En materia de diseño del programa de desarrollo social; la atención de su población objetivo; el registro y enrolamiento de personas solicitantes para ingresar al programa; la integración del padrón de beneficiarios; la entrega de apoyos a la población beneficiaria; la práctica de evaluaciones al programa; la calidad y suficiencia de la información del programa reportada en la Cuenta Pública; y en la medición del cambio esperado en la población objetivo del programa de desarrollo social 1. Fue ineficaz en la elaboración del Diagnóstico de Conveniencia, Viabilidad y Eficiencia conforme los Lineamientos Básicos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social en el Estado de México. 2. Fue ineficaz en la caracterización y cuantificación de la población universo, potencial y objetivo del programa de desarrollo social, así como en la determinación de la cobertura de atención de la población objetivo. 3. Fue ineficiente en la atención a las solicitudes presentadas y registro de las personas interesadas en acceder a los beneficios del programa de desarrollo social. 4. Fue ineficaz en la integración del padrón de personas beneficiarias conforme la normativa aplicable en la materia 5. Fue ineficiente en la oportunidad en la entrega de las canastas alimentarias proporcionadas a las personas beneficiarias del programa de desarrollo social. 6. Fue ineficaz en la realización de evaluaciones externas al programa de desarrollo social. 7. Fue ineficiente en la rendición de cuentas sobre la información relativa a la aplicación de los recursos y con alusión a los resultados obtenidos por el programa de desarrollo social 8. Fue ineficiente en la medición del cambio esperado en la población atendida con el programa de desarrollo social. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 28 Auditoría de Desempeño. Programa Social: Familias Fuertes Canasta EDOMÉX El Titular de la Entidad Fiscalizada recibió los resultados preliminares con el oficio número Comportamiento de la OSFEM/AEDL/DAD/447/2023 de fecha de acuse 22 de septiembre de 2023, emitido por Entidad Fiscalizada la Auditoría Especial de Desempeño y Legalidad. Al respecto, la Entidad Fiscalizada, por respecto a los medio del similar 21100002000000/882/2023, con fecha de acuse 2 de octubre de 2023, resultados entregó las justificaciones, aclaraciones y demás información para la procedencia de presentados eliminar, rectificar o ratificar los resultados preliminares. Comentarios de la Todos y cada uno de los comentarios realizados por los representantes de la Entidad Fiscalizada fueron analizados y considerados en la emisión de los resultados finales y en Entidad Fiscalizada la elaboración del informe de auditoría, de los cuales se quedó constancia íntegra en las actas de entrega de resultados preliminares y finales contenidas en el expediente de auditoría y entregadas a la Entidad Fiscalizada. E j e r c i c i o F i s c a l 2 0 2 2 29